Ministerio del Trabajo emite acuerdo para regular el trámite de visto bueno
El nuevo reglamento entrará en vigencia con el Registro Oficial y es de aplicación obligatoria en el sector público y privado.
Ivonne Núñez, ministra de Trabajo.
Cortesía Ministerio del Trabajo.
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El acuerdo Ministerial MDT-2024-04, emitido el pasado 21 de marzo de 2024, regulará el trámite administrativo de visto bueno, que deberán ser aplicados por trabajadores y empleadores del sector público y privado.
El nuevo reglamento, emitido por el Ministerio del Trabajo, establece la doble instancia en todos los trámites administrativos de visto bueno, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 76 de la Constitución.
“En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas: (…) Recurrir el fallo o resolución en todos los procedimientos en los que se decida sobre sus derechos”, dice el citado artículo, en su séptimo numeral.
Así mismo, se explicó que esta normativa cuenta de cuatro capítulos, cuatro disposiciones generales, una disposición derogatoria y una disposición final.
“Regular el procedimiento para el trámite administrativo de visto bueno a cargo de los inspectores del Trabajo en su respectiva jurisdicción, así como apelar la resolución conforme lo establecido en el Código del Trabajo y la normativa secundaria aplicable”, reza el documento, en su descripción de objetivos.
Sobre los inspectores del trabajo
Se establece que el Inspector del Trabajo -que conocerá la solicitud de visto bueno- será el de la circunscripción territorial del lugar donde se ejecuta el contrato de trabajo o en el domicilio de la parte accionada.
Este inspector deberá ser designado a través de un sorteo, que se aplicará en aquellas jurisdicciones en las que se cuente con más de un inspector.
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