Nueva polémica entre Asamblea y CPCCS tras designación de funcionario
Tras la posesión del Superintendente de Bancos, la Asamblea emitió un comunicado en el que desconoce los actos o resoluciones del Consejo de Participación, por considerarlo ilegítimo.
El Consejo de Participación, en sesión de este 20 de octubre de 2022, sobre el proceso de designación de nuevo procurador.
Daniel Molineros / API
Autor:
Actualizada:
Compartir:
La pugna política y jurídica entre la Asamblea y el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) está lejos de acabarse.
En un comunicado, emitido el 3 de diciembre, el Legislativo indica que "NO reconocerá ningún acto o resolución de funcionarios y/o servidores o trabajadores destituidos por ser ilegítimos, ilegales e ilícitos".
El documento está suscrito por ocho legisladores, entre ellos el presidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela. Fue hecho público luego de la designación del nuevo superintendente de Bancos, Roberto Romero.
Romero fue designado en el cargo la madrugada del sábado 3 de diciembre por cuatro vocales del Consejo de Participación.
Pero estos cuatro vocales, entre ellos el titular del Consejo, Hernán Ulloa, habían sido censurados y destituidos por el Pleno el pasado 18 de noviembre.
Por ello, la Asamblea en su comunicado insistió en rechazar el fallo del juez Ángel Lindao, que dejó sin efecto la destitución de los consejeros.
Lindao aceptó una medida cautelar a favor de Ulloa, Francisco Bravo, Ibeth Estupiñán y María Fernanda Rivadeneira, denominados como la mayoría del Consejo de Participación.
De su lado, Ulloa confirmó que Roberto Romero fue designado como superintendente de Bancos, luego que el Consejo analizara las "propuestas de trabajo que presentaron los integrantes (candidatos) de la terna remitida por el Ejecutivo" para tal designación.
También le puede interesar:
Pulso legal por el CPCCS, dos 'consejos' reclaman legitimidad
El CPCCS está dividido entre los consejeros de mayoría, y los de minoría y los suplentes. Ambos bandos se defienden con acciones jurídicas.
Compartir: