Banco Sudamericano quiere reabrir en medio de un proceso de liquidación
El 25 de agosto de 2014, la Superintendencia de Bancos dispuso que el Sudamericano, con una participación de 0,05% de los depósitos del sistema financiero, fuera a liquidación forzosa por problemas de solvencia. Sus socios insisten ahora en reabrir el banco.
Carlos Paredes Secaira y Patricio Cobo anunciaron la reapertura de Banco Sudamericano el 27 de febrero.
Gabriela Coba/PRIMICIAS
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El 18 de febrero de 2020 el juez David Gómez Guayasamín, de la Unidad de Familia del cantón Rumiñahui, emitió una sentencia en la que ordena la reapertura del Banco Sudamericano, que está en proceso de liquidación desde 2014.
El juez argumentó en la sentencia que se habían vulnerado los derechos constitucionales al debido proceso, a la defensa y a la seguridad jurídica.
Menos de 10 días después, Carlos Paredes Secaira, presidente del directorio del banco, y Patricio Cobo, representante legal y vocero de la entidad financiera, dieron una rueda de prensa para anunciar la reapertura del banco en los próximos días.
Los socios del Sudamericano están dispuestos a aportar USD 5 millones de capital fresco y a contratar a 150 personas para la reapertura.
Carlos Paredes Secaira
Lo hicieron "respaldados en una acción de protección, que es de cumplimiento inmediato y no pierde efecto, aunque haya sido apelada", según Cobo.
La Súper apela
La Superintendencia de Bancos, que presentó una impugnación a la acción de protección, explica que el Sudamericano no puede entrar en funcionamiento porque existe un proceso de liquidación.
"No hay ningún procedimiento que permita que Banco Sudamericano opere. Lo que sí hay es una sentencia en primera instancia de un juez del cantón Rumiñahui que dispone que se deje sin efecto la resolución (SBS-2014-720) y que se retrotraigan los efectos a agosto de 2014", explica a PRIMICIAS Andrés Salazar, intendente jurídico de la Superintendencia de Bancos.
"Estamos presionando para que el caso suba inmediatamente a la Corte Provincial y se reconozca la apelación" de la Superintendencia, agrega Salazar.
La Superintendencia solicita que se module la sentencia de acción de protección en función del artículo 5 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, esto para no violar el Código Orgánico Monetario.
El artículo 5 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales habla de la figura de modulación de los efectos de las sentencias.
Esto quiere decir que "las juezas y jueces, cuando ejerzan jurisdicción constitucional, regularán los efectos en el tiempo, la materia y el espacio de sus providencias para garantizar la vigencia de los derechos constitucionales y la supremacía constitucional".
Con base en este precedente legal, salazar alega que las "condiciones técnicas y jurídicas actuales para que un banco opere son diferentes a los requerimientos que había en 2014 ".
Además, según Salazar, "la ley establece que la acción de protección aplica cuando no hay un proceso judicial ordinario, pero en el caso de Banco Sudamericano la resolución de liquidación se encuentra impugnada en el Tribunal Contencioso Administrativo".
¿Qué pasó con el Sudamericano?
El 25 de agosto de 2014, la Superintendencia de Bancos dispuso que el Banco Sudamericano, con una participación de 0,05% de los depósitos del sistema financiero, entrara a liquidación forzosa por problemas de solvencia.
"La existencia de erróneas aplicaciones contables e inobservancias a las disposiciones legales y normativas; y, del Catálogo Único de Cuentas, llevaron a la necesidad de aplicar ajustes al patrimonio de la entidad”, dice la resolución de la Superintendencia de Bancos SBS-2014-720.
Los ajustes al patrimonio alcanzaron USD 14,3 millones, que frente al patrimonio técnico de la entidad y a los activos ponderados de riesgo produjeron un déficit de patrimonio técnico de USD 6,4 millones, según la Superintendencia.
Los ajustes de patrimonio se hicieron "por falta de justificación de la proveniencia de los recursos, principalmente en las capitalizaciones efectuadas; falta de documentación sustentatoria de fondos disponibles, erróneas clasificaciones y provisiones de cartera de créditos activos no provisionados, valoración de bienes inmuebles sin soportes adecuados", según la resolución.
La mañana del 25 de agosto las autoridades de la Superintendencia llegaron a la matriz del Banco Sudamericano, ubicada en el norte de Quito, y colocaron un cartel indicando que la entidad había sido cerrada.
El cierre del banco ocurrió luego de que la entidad financiera no cumplió, en menos de 24 horas, con la disposición de la Junta Bancaria de capitalizar USD 6,4 millones para cubrir el déficit de patrimonio técnico.
¿Quién puso el dinero?
Según Paredes Secaira, el "Banco Sudamericano no tiene un solo cuenta ahorrista perjudicado, de los cerca de 12.700 clientes que tenía en 2014. Todos los valores de los clientes fueron devueltos pocos meses después del ilegal cierre del banco".
Aunque la Corporación del Seguro de Depósitos (Cosede) contradice esa versión y dice que el dinero de los clientes fue devuelto a través del Seguro de Depósitos, lo que significó un egreso de USD 1,7 millones para la Cosede.
La Cosede aspiraba a recuperar ese dinero "con cargo a la institución financiera sometida al proceso de liquidación forzosa de conformidad con el artículo 167 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero".
Cobo dice desconocer por qué la Cosede hizo el préstamo de USD 1,7 millones, ya que "el banco pagó a todas las personas que tenían acreencias".
Ahora quienes exigen la devolución del dinero son los miembros de Banco Sudamericano, acusan a los liquidadores de vender los inmuebles sin el respectivo concurso de precios y de destruir las propiedades.
"Tenemos una pérdida de USD 11 millones, más del doble del supuesto déficit del banco", concluye Paredes Secaira.
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