Prisión preventiva para hijo que mató a su madre con más de 60 puñaladas en Quito
Cuando salga del hospital, donde permanece internado tras intentar suicidarse, el sujeto será trasladado a la cárcel para cumplir la prisión preventiva. El parricidio se registró en el norte de Quito.
Imagen referencial. Un joven que mató a su madre con más de 61 años en Quito irá con prisión preventiva, informó la Fiscalía este jueves 19 de diciembre de 2024.
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Autor:
Redacción Primicias
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Ángel Darío LL. C., acusado de matar a su madre con más de 60 puñaladas y luego intentar suicidarse, irá a la cárcel para cumplir con la prisión preventiva cuando salga del hospital donde permanece internado.
La Fiscalía informó este jueves 19 de diciembre de 2024 que el hombre de 22 años participó virtualmente en la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos.
El caso se registró el martes 17 de diciembre en el sector de La Roldós, en el norte de Quito. El fiscal del caso explicó que ese día un amigo de Ángel Darío lo encontró herido en el cuello y tórax en la cocina de su casa, aparentemente bajo los efectos de las drogas. Ángel habría dicho que intentó suicidarse.
Mamá asesinada y encerrada con candado
Momentos después, la hermana de Ángel Darío encontró la puerta del dormitorio de su madre cerrada con candado. Al forzarla, descubrió a su madre sin vida, con múltiples heridas de cuchillo.
Otro hermano del procesado, que llegaba del trabajo, declaró a la Policía que en la mañana Ángel Darío había tenido una fuerte discusión con su madre.
Cuando el personal de emergencia atendía al herido y el equipo de medicina legal levantaba el cadáver de la madre, Ángel Darío le dijo a la paramédica: “yo fui, lo hice para estar juntos en el cielo”. Según la autopsia, la víctima murió por más de 60 heridas de cuchillo en su cuerpo.
La instrucción fiscal sobre este caso se cerrará en 30 días.
Fiscalía presentó las pruebas que lo señalan como posible autor del asesinato de su madre, un delito cuya pena privativa de libertad va de los 26 a los 30 años, cuando la víctima es un ascendiente, según el artículo 140, inciso primero, numeral 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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