CorteIDH declara culpable al Estado de Ecuador por la detención ilegal de tres hombres hace 30 años
Este caso se remonta a 1995. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado de Ecuador investigar y sancionar a los responsables de cometer los actos crueles contra las víctimas.
La Presidenta de la Corte IDH, Nancy Hernández, encabeza una reunión, el 3 de diciembre de 2024 en San José, Costa Rica.
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Autor:
Redacción Primicias/EFE
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) declaró este jueves responsable al Estado de Ecuador por las detenciones ilegales y arbitrarias de Walter Ernesto Reyes Mantilla, Vicente Hipólito Arce Ronquillo y José Frank Serrano Barrera entre 1995 y 1996, en el marco de operativos policiales antidrogas.
La presidenta de la CorteIDH, Nancy Hernández, explicó en la notificación de la sentencia que las tres personas fueron "víctimas de detenciones ilegales y arbitrarias, y que se vulneraron sus derechos a las garantías y protecciones judiciales en el contexto de los procesos penales en su contra".
"La Corte determinó que las medidas de prisión preventiva que les fueron aplicadas conllevaron a una violación a los derechos de libertad personal, presunción de inocencia y a la igualdad y no discriminación. Además fueron víctimas de tratos crueles, inhumanos y degradantes por los actos de agresión y amenazas durante el periodo en que fueron privados de libertad", explicó la jueza.
El tribunal consideró que "se vulneraron derechos a la libertad personal de sus familiares por los sufrimientos y angustias que padecieron como consecuencia de los hechos del presente caso", afirmó Hernández.
El caso se remonta a 1995, cuando en el marco de varios operativos policiales antidrogas, fueron llevadas a cabo una serie de detenciones bajo uso excesivo de la fuerza y sin haber boleta de detención ni situación de flagrancia.
Según la demanda, la normativa que permitió la detención en estas circunstancias es incompatible con el principio de legalidad en materia de libertad personal, y que la detención preventiva de las víctimas se prolongó por un tiempo excesivo, debido a la vigencia de una norma penal que impedía la solicitud de excarcelación para delitos relacionados con el narcotráfico, la cual fue declarada inconstitucional.
"Se declara el estado es responsable por la violación a los derechos de la libertad personal, presunción de inocencia e igualdad. Responsable por la violación al derecho a la integridad personal, así como a la violación de los derechos de las garantías judiciales y a la protección judicial", dijo la jueza Hernández.
La CorteIDH ordenó al Estado investigar y en su caso sancionar a los responsables de cometer los actos crueles, inhumanos y degradantes, y que tome las medidas necesarias para dejar sin efecto las consecuencias del proceso penal seguido contra las víctimas y que sus datos sea eliminados de registros de antecedentes penales.
La CorteIDH, con sede en Costa Rica, forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), y sus resoluciones son de acatamiento obligatorio para los países del hemisferio que han reconocido su jurisprudencia.
El Tribunal indicó que supervisará el cumplimiento íntegro de la sentencia y que dará por concluido el caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma.
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