ANT desactivará radares que no tengan certificaciones y usuarios podrán impugnar multas
La ANT informó que los radares sin calibraciones ni verificación meteorológica quedarán inactivos. Empresas que entreguen certificados adulterados tendrán responsabilidades.

Un radar clausurado en Durán el 17 de enero de 2025.
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Los radares de control de velocidad que no tengan los certificados de las calibraciones y verificaciones metrológicas periódicas a la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), quedarán inactivos para operar.
Así lo establece una reforma al Reglamento de homologación, operación y control de los dispositivos electrónicos de control de velocidad, que fue aprobada por la ANT el pasado 21 de febrero de 2025 y dada a conocer este lunes 24 del mismo mes.
Con esto, los entes de control de tránsito que implementen radares sin cumplir lo establecido, quedarán inactivos para operar y serán publicados en el Listado de Dispositivos electrónicos de control de velocidad operativos, por lo que las multas generadas podrán ser impugnadas por los usuarios.
El reglamento determina además que los organismos de evaluación acreditados por el Servicio de Acreditación Ecuatoriano, que hayan extendido certificados de conformidad, calibración, de verificación erróneos o que hayan adulterado los datos de los resultados o de los certificados, tendrán responsabilidad administrativa, civil y penal.
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