Quito: Estos son los días y horarios de los operativos de control de velocidad en los que se aplicarán multas
La Agencia Metropolitana de Tránsito retomará los operativos de control de velocidad sancionatorios en Quito.
Fotografía referencial de efectivos de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) en un operativo de control el 13 de agosto de 2024, en Quito.
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Agencia Metropolitana de Tránsito / X
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Los operativos de control de velocidad sancionatorios vuelven a aplicarse en Quito. Así lo confirmó el alcalde Pabel Muñoz, la mañana del 26 de agosto de 2024 durante su informe semanal de actividades.
El funcionario detalló que la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) implementará estos operativos, bajo este detalle:
- Jueves 29 de agosto: avenida Quitumbe Ñan y Condor Ñan, entre las 17.00 y 18:00.
- Sábado 31 de agosto: avenida Simón Bolívar (sector El Troje), entre las 07:00 y las 08:00
Muñoz agregó que los lugares y las horas elegidas por la AMT no son al azar, sino que en esos días y horarios ocurren gran parte de los accidentes en la ciudad.
La Ley de Tránsito establece los límites de velocidad permitidos para la circulación de automotores en las vías urbanas y perimetrales, como la Simón Bolívar:
- El límite máximo de velocidad para vehículos livianos, motocicletas y similares en el sector urbano es de 50 kilómetros por hora (km/h) y el rango moderado es de 50 a 60 Km/h.
- En las vías perimetrales, el límite es de 90 km/h y el rango moderado es de 90 a 120km/h.
- Para vehículos de transporte público, el límite de velocidad máxima en el sector urbano es de 40 km/h y el rango moderado es de 40 a 50 km/h.
- Mientras que en las vías perimetrales, la velocidad máxima debe ser de 70 km/h y el rango moderado varía de 70 km/h a 100 km/h.
- Los vehículos de transporte de carga deben circular a 40 km/h en las vías urbanas, con un rango moderado de hasta 50 km/h.
- En las vías perimetrales pueden movilizarse hasta 70 km/h, llegando a 95 km/h en el rango moderado.
Según el Código Integral Penal, los conductores que excedan los límites de velocidad dentro del rango moderado serán sancionados con una multa equivalente al 30 % de un salario básico.
Mientras que quienes excedan los límites de velocidad fuera del rango moderados serán detenidos por hasta tres días. También deberán pagar una multa de un salario básico unificado y una reducción de 10 puntos en su licencia de conducir.
Aunque si una persona fallece producto de un accidente en el que se compruebe que hubo exceso de velocidad, la pena puede llegar hasta cinco años.
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