En cuatro vías de Quito empiezan operativos para controlar velocidad; las sanciones pueden incluir prisión
La Agencia Metropolitana de Tránsito desplegará operativos en cuatro puntos críticos de la ciudad. En estas zonas la AMT ya cumplió con ubicar señalética vertical y horizontal adecuada.
Agente de tránsito utiliza un cinemómetro para controlar el exceso de velocidad.
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Los operativos sancionatorios de control de velocidad en Quito arrancarán este 30 de julio de 2024.
Desde las 05:00, la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) desplegará operativos en cuatro de los 20 puntos conflictivos que tienen la ciudad:
- Avenida Simón Bolívar y El Troje
- Avenida Simón Bolívar y La Forestal
- Avenida Simón Bolívar y Universidad Internacional
- Avenida Quitumbe Ñan y Amaru Ñan
El director de la entidad, Washington Martínez, explicó que "solo en estos puntos podemos sancionar a los conductores que exceden los límites de velocidad porque ahí hemos cumplido con los tres parámetros que la Ley de Tránsito nos exige a los municipios".
Se refiere a la colocación de señalética vertical y horizontal con las que el Municipio advierte sanciones a quienes incumplen la normativa, así como la implementación de campañas de socialización que indiquen el inicio de los operativos.
Según el funcionario, el Municipio instalará estas advertencias hasta diciembre de 2024, con el objetivo de que se apliquen los operativos en los 20 puntos más peligrosos.
Entre estas avenidas aparecen la Mariscal Sucre, Maldonado, Morán Valverde y 10 de Agosto.
Datos de la AMT muestran que, entre el 1 de enero y el 29 de julio de 2024, Quito registró 2.082 accidentes que dejaron 144 fallecidos y 1.216 heridos.
Horarios de los operativos
La AMT aclara que los operativos de control de velocidad en los cuatro puntos críticos no serán permanentes. "Se realizarán de acuerdo a los datos que tengamos sobre los días y horas en los que ocurre la mayor cantidad de accidentes", dijo el director de la AMT, Washington Martínez.
El funcionario adelantó que, durante los primeros meses, se ejecutarán los martes, jueves y sábado en dos franjas horarias:
- Mañana: de 05:00 a 07:00
- Tarde: de 16:00 a 18.00
Durante estas horas, los agentes de tránsito se colocarán al borde de las avenidas para medir la velocidad de los automotores con radares manuales, conocidos como cinemómetros, y emitir las sanciones correspondientes.
Multas y límites de velocidad
La Ley de Tránsito establece los límites de velocidad permitidos para la circulación de automotores en las vías urbanas y perimetrales, como la Simón Bolívar:
- El límite máximo de velocidad para vehículos livianos, motocicletas y similares en el sector urbano es de 50 kilómetros por hora (km/h) y el rango moderado es de 50 a 60 Km/h.
- En las vías perimetrales, el límite es de 90 km/h y el rango moderado es de 90 a 120km/h.
- Para vehículos de transporte público, el límite de velocidad máxima en el sector urbano es de 40 km/h y el rango moderado es de 40 a 50 km/h.
- Mientras que en las vías perimetrales, la velocidad máxima debe ser de 70 km/h y el rango moderado varía de 70 km/h a 100 km/h.
- Los vehículos de transporte de carga deben circular a 40 km/h en las vías urbanas, con un rango moderado de hasta 50 km/h.
- En las vías perimetrales pueden movilizarse hasta 70 km/h, llegando a 95 km/h en el rango moderado.
Según el Código Integral Penal, los conductores que excedan los límites de velocidad dentro del rango moderado serán sancionados con una multa equivalente al 30 % de un salario básico.
Mientras que quienes excedan los límites de velocidad fuera del rango moderados serán detenidos durante tres días. También deberán pagar una multa de un salario básico unificado y una reducción de 10 puntos en su licencia de conducir.
Aunque si una persona fallece producto de un accidente en el que se compruebe que hubo exceso de velocidad, la pena puede llegar hasta cinco años.
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