Último estado de excepción de 2024 en Ecuador tiene dictamen favorable de la Corte Constitucional
La Corte Constitucional validó el último estado de excepción de 2024, que fue decretado por el presidente Daniel Noboa.
Militares detienen a un sujeto que tenía boleta de captura por porte ilegal de armas en Pedernales, el 22 de diciembre de 2024.
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FFAA
Autor:
Redacción Primicias
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A menos de dos semanas de que concluya el último estado de excepción decretado por el Gobierno de Daniel Noboa para enfrentar la inseguridad en Ecuador, la medida cuenta con un dictamen favorable de la Corte Constitucional.
La resolución fue notificada por el organismo el 24 de diciembre de 2024, cinco días después de que fuese aprobada por los nueve jueces constitucionales.
El 2 de diciembre, el Mandatario firmó el Decreto Ejecutivo 469, donde dispuso que Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro; el Distrito Metropolitano de Quito, en Pichincha y, el cantón Camilo Ponce Enríquez, en la provincia de Azuay, se mantengan en estado de excepción por 30 días más.
En su dictamen, la Corte declaró "la constitucionalidad de la renovación del estado de excepción, por la causal de grave conmoción interna", que aduce el Ejecutivo para enfrentar a las organizaciones delictivas.
"Declarar la constitucionalidad exclusivamente de las medidas relativas a la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio, la suspensión a la inviolabilidad de correspondencia y la suspensión del derecho a la libertad de tránsito adoptadas con fundamento en la declaratoria", señala.
A su vez, insistió al Presidente de la República "para que utilice los estados de excepción únicamente cuando la situación lo requiera, fundamente adecuadamente las causales que invoca y tome todas las medidas previstas en el régimen ordinario para combatir la situación de violencia que atraviesa el país".
La Corte dispuso a la Defensoría del Pueblo que realice un seguimiento a esta medida y recordó que el artículo 166 de la Constitución prevé: “los servidores públicos serán responsables por cualquier abuso que hubieran cometido en el ejercicio de sus facultades durante la vigencia del estado de excepción”.
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