Juez del TCE archiva denuncia por violencia política de género contra Luisa González
Denuncia contra Luisa González, candidata presidencial del correísmo, se cae en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) por falta de documentación.

Luisa González, candidata presidencial de la Revolución Ciudadana, reunida en Cuenca el 8 de marzo de 2025.
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Autor:
Redacción Primicias/EFE
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El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) archivó este martes, 8 de abril de 2025, la denuncia por presunta violencia política de género que un afín al movimiento político Acción Democrática Nacional (ADN), del presidente y candidato a la reelección, Daniel Noboa, había puesto contra la candidata del correísmo, Luisa González.
La denuncia fue presentada el viernes por Manuel Peñafiel, que se identificó como adherente a ADN, y conocida el sábado por el juez del TCE Guillermo Ortega, quien pidió al denunciante que complete en dos días la documentación que justifique la solicitud. Sin embargo, la archivó este martes al considerar que no se había cumplido con parte de lo requerido.
Peñafiel había señalado en su denuncia que González había incurrido "en infracciones electorales muy graves, acusando de narcotraficante" a la directora del movimiento político de Noboa, María Beatriz Moreno, durante el debate presidencial del pasado 23 de marzo.
Peñafiel aseguró que Moreno recibió de González "expresiones denigrantes" basadas en una investigación previa en la "que no se ha comprobado ni se comprobará delito alguno", lo que, dijo, ha afectado "el buen nombre y la honra" de la directora de ADN.
Sin embargo, sin entrar a analizar el fondo de la denuncia, el juez Ortega señaló que Peñafiel presentó copias simples de los documentos con los que pretendió acreditar su calidad de adherente de ADN, las mismas que "conforme lo ha señalado en reiteradas ocasiones este Tribunal, no constituyen prueba, conforme el inciso segundo del artículo 145 del Reglamento de Trámites del Tribunal Contencioso Electoral".
"Por lo que este juzgador se ve impedido de valorar dichos documentos, ya que carecen de eficacia jurídica", añadió.
El juez Ortega indicó que esta omisión "contraviene un requisito esencial, puesto que, de no acreditarse la calidad invocada, no puede proseguirse con la tramitación de la causa conforme lo exige la normativa electoral".
Pese a que el denunciante presentó otros documentos relacionados con el caso, el magistrado consideró que no se podía analizar el cumplimiento de los demás requisitos, así que archivó la denuncia contra la candidata del movimiento Revolución Ciudadana, liderado por el expresidente Rafael Correa (2007-2017).
El Código de la Democracia de Ecuador establece que los actos de violencia política de género son considerados como infracciones electorales muy graves que se sancionan con multas económicas y con destitución y/o suspensión de derechos de participación desde dos hasta cuatro años.
Esta denuncia se presentó en el marco de la campaña electoral para la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, en la que Noboa y González se enfrentarán el domingo 13 de abril.
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