Estas son las multas en Quito por no retirar propaganda electoral, fecha límite será el 29 de abril
El Municipio informó que las agrupaciones políticas que participaron en la segunda vuelta electoral tienen diez días laborales para retirar su publicidad del espacio público. Las sanciones por incumplimiento pueden llegar a USD 1.880.

Propaganda electoral colocada en postes de alumbrado eléctrico en una de las calles del centro de Quito.
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Andrés Salazar
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Aunque la jornada electoral concluyó el domingo 13 de abril con la reelección del presidente Daniel Noboa, Quito sigue mostrando rastros visibles de campaña en espacios públicos.
Postes, puentes peatonales, fachadas y otros puntos del Distrito Metropolitano aún están cubiertos por afiches, pancartas y otros elementos propagandísticos.
Esta situación ha generado molestias entre los ciudadanos por el deterioro visual del entorno urbano y ha puesto en alerta a la Agencia Metropolitana de Control (AMC), que ya ha iniciado procesos de monitoreo y sanción a las agrupaciones políticas responsables.
Según lo establece la AMC, los movimientos y partidos que participaron en la segunda vuelta electoral, Acción Democrática Nacional (ADN), representado por Daniel Noboa, y Revolución Ciudadana, liderado por Luisa González, tienen 10 días laborales para retirar toda su propaganda electoral.
Este plazo empezó a contar el 14 de abril, pero como el jueves 17 y viernes 18 fueron determinados como feriados por Semana Santa y los fines de semana que no se consideran días laborables, la fecha límite para retirar los elementos propagandísticos se extiende hasta el martes 29 de abril.
Una vez vencido ese plazo, la AMC podrá realizar inspecciones y levantar informes técnicos que podrían derivar en sanciones económicas a los infractores.
¿Qué dice la normativa sobre la publicidad electoral?
La Ordenanza Metropolitana 072-2024, que regula la ocupación del espacio público en Quito, establece normas claras sobre la colocación y retiro de publicidad electoral.
Según el artículo 4008, los partidos pueden colocar propaganda temporalmente y con autorización durante el periodo electoral. No obstante, el artículo 4020 prohíbe expresamente colocar afiches o rayar fachadas en áreas patrimoniales y turísticas sin autorización, así como intervenir espacios públicos sin acuerdo previo con el Municipio o con los propietarios de los predios.
Además, el artículo 4021 establece que los espacios deben ser restituidos a su estado original en un plazo máximo de 10 días laborales después de finalizado el proceso electoral.
La normativa también contempla multas para quienes incumplan estas disposiciones. Las infracciones se dividen en dos niveles:
- Graves: colocar publicidad sin autorización puede costar hasta dos salarios básicos unificados, es decir, USD 940.
- Muy graves: en el caso de alterar fachadas en zonas patrimoniales o turísticas, la sanción se eleva a cuatro salarios básicos, equivalentes a USD 1.880.
Tras la primera vuelta, la AMC ya había iniciado procedimientos contra ocho partidos y movimientos políticos, notificándolos por propaganda indebida. Solo uno de ellos respondió de manera formal y procedió a retirar los elementos, evitando la sanción.
La AMC ha reiterado que estos controles no solo buscan sancionar, sino también promover el respeto por el espacio público y el patrimonio urbano. Además, invitó a la ciudadanía a reportar casos de propaganda no retirada mediante sus canales oficiales.
Este seguimiento, dice la entidad, forma parte de un plan más amplio para mantener la limpieza y el orden en la ciudad, especialmente después de procesos electorales, cuando el exceso de afiches puede permanecer por semanas si no se hace cumplir la normativa.
Los representantes de los movimientos aún están a tiempo de evitar sanciones, siempre y cuando retiren voluntariamente los elementos de propaganda antes del 29 de abril. También pueden presentar justificaciones a la AMC si cuentan con autorizaciones o permisos especiales.
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