Así es como el presidente plantea reforzar la lucha contra el lavado de activos
El presidente Daniel Noboa busca otorgar más competencias a la UAFE. En ley enviada retoma su propuesta para que los clubes deportivos o equipos sean sociedades anónimas.
El presidente Daniel Noboa participó el 8 de noviembre de 2024 en la conmemoración de los 204 años de provincialización de Guayas.
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Presidencia de la República.
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A la recién aprobada Ley de Prevención de Lavado de Activos, el presidente Daniel Noboa quiere hacer modificaciones para reforzar la lucha contra este delito y dar nuevas competencias a la Unidad de Análisis Financiero del Ecuador (UAFE).
El presidente remitió a la Asamblea, el 7 de noviembre de 2024, dos proyectos de ley con carácter de económico urgente: la ley de alivio económico y otra a la que, en primera instancia, denominó 'ley antipillos'.
Esta última, sin embargo, fue retirada el 8 de noviembre e inmediatamente ingresada con una modificación de fondo: en la primera versión, Noboa planteaba un nuevo impuesto vehicular para todos los dueños de carros, nuevos y usados.
Con la modificación, tendrán que pagar el nuevo impuesto quienes compren carros usados. El Ejecutivo propone que la tarifa del impuesto sea progresiva, pero que no supere el 5% de la base imponible del carro.
Sobre la UAFE
El Ejecutivo propone, por ejemplo, ampliar capacidades de la Unidad de Análisis Financiero del Ecuador (UAFE) que no se incluyeron en la Ley aprobada por la Asamblea, en junio de 2024.
Estas son algunas de las modificaciones incluidas en el proyecto:
- La UAFE podrá determinar las tarifas a cobrarse por concepto de multas por no cumplimiento de las obligaciones de los sujetos obligados a reportar sus actividades.
- Esta entidad tendrá jurisdicción coactiva exclusivamente para este fin.
- Podrá solicitar a la autoridad judicial competente, conforme a normativa vigente, como medida cautelar el congelamiento de fondos en caso de advertir operaciones sospechosas.
- La entidades del sector público que, para efectos de lucha contra el lavado de activos, deban establecer Unidades Complementarias, designarán a un delegado que dependerá administrativamente de la UAFE, pero financieramente de la entidad a la que representa.
Sobre la reserva de reportes de operaciones sospechosas y patrimoniales que maneja la UAFE se introduce un cambio: estos podrán ser compartidos con entidades competentes (Fiscalía, Procuraduría) "tendientes al ejercicio de la acción de extinción de dominio".
Esto último no es parte de la normativa que está vigente desde hace cinco meses.
Reportes
En la ley enviada por Noboa también se busca ampliar el espectro de los sujetos obligados a reportar, ante la Unidad de Análisis Financiero y Económico, las actividades económicas inusuales.
Se incluye a las empresas dedicadas a actividades financieras tecnológicas, aunque no se encuentren expresamente identificadas en la norma que las regula.
También, las empresas de seguros que suscriben o colocan seguros de vida o seguros relacionados de ahorro, con o sin componente de desgravamen.
Además, los sujetos obligados deberán presentar a la UAFE información en tiempo real de sus bases de datos. Para aquello, establece un plazo máximo de 90 días para que desarrollen la herramienta tecnológica que lo permita.
Otros plazos de reporte a la UAFE
El proyecto del Ejecutivo también establece tiempos para los sujetos obligados reporten a la UAFE si consideran que existe una irregularidad:
- Cinco días para dar aviso sobre los fondos de una operación que sería producto de una actividad ilícita, independientemente del monto.
- "De inmediato" cuando se presuma la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva.
- La UAFE podrá conceder una prórroga hasta por el término de tres días adicionales, previa solicitud motivada por parte del sujeto obligado.
Ley del Deporte
El presidente Noboa aprovechó este proyecto para retomar parte de la propuesta de Ley para el Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y Estímulo del Deporte, que fue devuelta por el Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea.
Insiste en que los clubes deportivos o equipos que participen en deportes profesionales podrán adoptar la forma jurídica de Sociedades Anónimas Deportivas, y se sujetarán al régimen general de las sociedades mercantiles.
En ese primer intento, la justificación oficial fue que la iniciativa, de carácter opcional, tenía como objetivo "mejorar la gestión financiera de los clubes, fomentar su participación activa en la economía del país y atraer mayor inversión extranjera".
En el nuevo proyecto, se señala simplemente que es con finalidad de "evitar cualquier tipo de mecanismo de lavado de activos".
La normativa planteada por Noboa, no solo reforma la Ley de Lavado de Activos. También, toca a la Ley Orgánica de Transporte Terrestres; al Código Orgánico Integral Penal (COIP); o al Código Monetario y Financiero.
Este proyecto tendrá que ser calificado por el CAL antes de iniciar el trámite.
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