Ecuador ha vivido 279 días en estado de excepción, en los 320 días de gobierno de Noboa
El Gobierno busca por quinta vez el aval de su declaración de conflicto armado interno ante la Corte Constitucional. En las últimas tres ocasiones, el organismo reprendió al Gobierno por no justificar la medida.
El presidente Daniel Noboa, junto a miembros de la Policía y las Fuerzas Armadas, en Durán, el 17 de julio de 2024.
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Desde el 9 de enero, el presidente Daniel Noboa sostiene como bandera su liderazgo en un conflicto armado interno. Y las autoridades del Ejecutivo y las fuerzas públicas repiten, desde hace nueve meses, que trabajan para hacerle frente a esa 'guerra' contra el crimen organizado.
Sin embargo, desde el 7 de abril, legalmente, no existe un conflicto armado interno en Ecuador. Esto porque la Corte Constitucional ha evidenciado que el Ejecutivo no presenta las justificaciones suficientes para una declaratoria de esa magnitud.
Pero eso no ha evitado que la propaganda y discursos oficiales sigan utilizando ese argumento, que no solo impulsó el alza de impuestos, sino también una reforma constitucional y una consulta popular para incrementar la 'mano dura' contra el crimen organizado.
Es así que, de todas formas, este 3 de octubre el Mandatario insistió por quinta vez en que el país libra un conflicto armado interno y decretó un nuevo estado de excepción, que está a la espera de un pronunciamiento de los magistrados constitucionales.
Y, en los 320 días que el presidente Noboa lleva en el poder, el país entero o solo algunas provincias ha vivido 279 días en estado de excepción, con medidas variadas, desde toques de queda, hasta limitaciones a los derechos de reunión, inviolabilidad de domicilio y de correo.
Este número podría aumentar si es que la Corte Constitucional da paso al último decreto, que lleva seis días en vigencia y aspira a durar un total de 60.
Todo empezó con el aval de la Corte
La grave conmoción que dio paso a la declaratoria del conflicto, en enero, hizo que la Corte Constitucional también aceptara la medida, en medio de presiones políticas, aunque los jueces se tomaron 53 de los 60 días de vigencia del decreto ejecutivo para responder.
En medio de ese silencio y tres días después de su decreto, el Mandatario envió incluso un proyecto de Ley para enfrentar el conflicto armado interno, que permitió el alza del IVA del 12% al 15% y que entró en vigencia el 12 de marzo.
Y, apenas 11 días antes, cinco de los nueve magistrados argumentaron que el equipo jurídico de Noboa no justificó la declaración de un conflicto armado interno, ni sobre los 22 grupos criminales catalogados de terroristas. Eso sí, reconocieron que la capacidad del Estado fue desbordada por la actuación de la delincuencia y dieron paso a la medida.
Desde ese entonces, el Ejecutivo y las fuerzas del orden mantienen en su discurso que el país sigue enfrentando aquel conflicto, aunque la declaratoria solo estuvo vigente hasta el 6 de abril, cuando terminó la renovación del estado de excepción.
Pero eso no ha desanimado al Gobierno. Con el impulso de los primeros éxitos políticos que le consiguió la medida, el Mandatario intentó declarar la persistencia de ese conflicto armado interno tres veces más: en abril, en mayo y en julio.
Sin embargo, la Corte ya no lo permitió y tumbó los dos primeros estados de excepción en menos de tres semanas. Ambos fueron declarados inconstitucionales y los magistrados reprendieron al Gobierno por no justificar la existencia de un conflicto interno, ni la necesidad del ámbito territorial y temporal de la medida.
El tercer intento fue aceptado a medias. Los jueces concordaron con la existencia de una grave conmoción interna, pero descartaron que existiera un conflicto. Además, llamaron la atención a Noboa por "haber invocado por quinta ocasión la causal de conflicto armado interno sin acreditar adecuadamente su configuración".
Es decir, siete meses después de iniciado el conflicto, en agosto, la Corte Constitucional aceptó que el Gobierno nunca logró justificar la declaración de la extrema medida, que fue avalada durante los 90 primeros días.
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