Corte Constitucional anula artículos de Ley de Apoyo Humanitario que permitían despidos unilaterales
A casi cinco años de que se expidió la Ley de Apoyo Humanitario, tras la pandemia del covid-19, la Corte determinó la inconstitucionalidad de varios artículos. Revise el documento.

Cientos de personas en busca de empleo concentradas en los exteriores de una empresa en Manta, provincia de Manabí, el 15 de abril de 2024.
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Redacción Primicias
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La Corte Constitucional recomendó a la Asamblea que evalúe si la Ley de Apoyo Humanitario, tras la pandemia del covid-19, "sigue siendo adecuada en el momento actual", al tiempo de declarar la inconstitucionalidad de varios artículos que vulneraban derechos laborales.
El organismo, con seis votos a favor y tres en contra, declaró la inconstitucionalidad y dejó sin efecto los artículos 16, 17 primer inciso, 18 y la frase “o si la terminación se da por decisión unilateral del empleador” del penúltimo inciso del artículo 19 de esta norma.
Los textos anulados tienen que ver con la implementación de medidas laborales extraordinarias, como la reducción emergente de la jornada de trabajo y la introducción de contratos especiales emergentes. Y también viabilizaban que el empleador pudiera dar por terminado el contrato de trabajo de forma unilateral, sin mediar un procedimiento o justificación que salvaguardara los derechos del trabajador.
A su vez, condicionó la constitucionalidad de cuatro disposiciones de la Ley y su reglamento. Por ejemplo, señala que la reducción de la jornada laboral no podrá exceder el 50% de la jornada ordinaria, y que "es necesario el consentimiento de los servidores públicos para que se les aplique la modalidad del teletrabajo, salvo que se trate de una situación excepcionalísima".
La Corte recuerda a la Asamblea Nacional "su competencia para evaluar si sigue siendo adecuada la Ley de Apoyo Humanitario en el momento actual y, en caso de ser necesario, proceder con las reformas y modificaciones pertinentes".
La sentencia fue emitida el 14 de febrero de 2025 ante demandas de inconstitucionalidad presentadas por sindicatos y otros sectores, incluidos los propios asambleístas, después de que un proyecto para derogar esta norma fue vetado por completo en 2022 por el entonces presidente Guillermo Lasso.
A continuación puede revisar el documento de esta sentencia:
En comunicados, este miércoles, 5 de marzo de 2025, la presidenta de la Asamblea, Viviana Veloz, y su bancada correísta, tomaron como un triunfo la resolución de la Corte.
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