Presidencia, Asamblea y la Judicatura rendirán cuentas ante la Corte Constitucional por estados de excepción
Desde la Presidencia, la Policía y las Fuerzas Armadas hasta la Judicatura, la Asamblea Nacional y la Defensoría del Pueblo... Todas estas entidades deberán enviar reportes sobre su gestión hasta el 21 de marzo.

Parte del bloque de seguridad en Durán, en un operativo especial ordenado por el presidente Daniel Noboa, el 17 de julio de 2024.
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Después de cuatro años de insistir en que los estados de excepción no sirven para enfrentar la crisis de inseguridad, la Corte Constitucional (CC) decidió tomar medidas drásticas y crear una comisión de instituciones públicas, a la que vigilará en el cumplimiento de sus tareas.
En su último dictamen, los jueces reprendieron duramente al Ejecutivo, ahora en manos del presidente Daniel Noboa, por su insistencia en decretar estados de excepción, pese a las constantes advertencias de que la medida no se justifica.
También reprocharon a la Asamblea Nacional, por haber "inobservado su deber de desarrollar la legislación que regule los parámetros, límites formales y materiales del apoyo complementario de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional", de acuerdo con lo decidido en el referendo de abril de 2024.
La Corte, además, reclamó al Legislativo por haber ignorado todos los exhortos realizados para que, en ejercicio de sus funciones, "haya presentado o tramitado leyes para la lucha contra el crimen organizado, ni ninguna otra destinada a abordar de manera estructural este problema".
En la mira de la CC también están la Judicatura y la Defensoría del Pueblo. La primera no ha implementado medidas para contrarrestar "las demoras, dificultades y filtraciones que produce la necesidad de obtener una orden judicial para efectuar allanamientos".
Y la segunda, según los jueces constitucionales, no ha demostrado resultados en su labor de seguimiento y vigilancia del cumplimiento de los derechos y garantías ciudadanos durante los estados de excepción.
"Ante la falta de capacidad, voluntad política y coordinación de estas instituciones, esta Corte se ve en la necesidad de adoptar, como medida para evitar la desnaturalización del estado de excepción, la creación de un mecanismo técnico para superar los problemas estructurales de violencia y crimen organizado”, advierte el máximo tribunal del país.
Por ello, para asegurarse de conocer el punto de partida, los magistrados constitucionales requirieron información específica a ocho entidades, que deberían formar parte fundamental de la lucha contra la violencia y el crimen organizado, debido a sus competencias y obligaciones.
Hasta el 21 de marzo, la Corte esperará los informes temáticos de:
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Presidencia de la República
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Protocolos de mando y control:
- Los protocolos existentes para regular la intervención de las fuerzas del orden en tareas de seguridad interna, relativo a los estados de excepción de 2024 y 2025.
- Las directrices para evitar excesos, el proceso de coordinación con la Fiscalía para la judicialización de presuntos delitos cometidos por los uniformados y los lineamientos y restricciones que se aplican en los operativos.
- Un informe sobre el estándar de uso de la fuerza y si se autorizó el uso letal de la fuerza (aplicable en conflictos armados no internacionales), aunque la Corte ha negado que exista un conflicto interno desde abril de 2023.
Políticas públicas de seguridad y de desarrollo social:
- Un informe sobre las estrategias de mediano y largo plazo diseñadas para enfrentar la criminalidad y la violencia, desde sus raíces estructurales, detallando el estado de ejecución, metas, recursos presupuestarios asignados y mecanismos de evaluación.
Proyectos de ley elaborados y presentados a la Asamblea:
- Informe sobre las iniciativas presentadas para operativizar la reforma del artículo 158 de la Constitución, sobre el apoyo de las FF. AA. a la Policía y otras medidas legislativas para enfrentar el crimen organizado.
Acciones frente a denuncias de violaciones de derechos humanos:
- Información sobre los mecanismos dispuestos para investigar y sancionar los casos de desaparición forzada o cualquier otra vulneración cometida las fuerzas públicas, durante los estados de excepción decretados.
Mecanismos de protección:
- Los protocolos con los que cuentan los uniformados para ejercer sus funciones de manera segura y eficiente.
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Policía Nacional y Fuerzas Armadas
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Procedimientos internos de investigación y sanción:
- Protocolos para investigar denuncias de violaciones de derechos humanos, para conformar tribunales de honor o cortes militares y el grado de colaboración con la justicia.
Fortalecimiento de capacidades y necesidades:
- Información que evidencie que las fuerzas del orden cuentan con medios y herramientas suficientes para garantizar la seguridad y protección de sus funcionarios.
Informes de actuaciones concretas:
- El detalle de las intervenciones internas frente a denuncias de desaparición forzada de personas o tratos crueles, inhumanos o degradantes y el estado procesal de cada caso (investigación interna, judicial o disciplinaria).
- Informes sobre la aplicación de estándares en el uso de la fuerza letal, según el Derecho Internacional.
Capacitación y reglas de enfrentamiento:
- Informe respecto de programas de formación que se hayan implementado sobre uso progresivo de la fuerza y derechos humanos.
- 3
Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos
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Protección y asistencia:
- Informe sobre las acciones tomadas en relación con la protección de derechos humanos en el contexto del estado de excepción y del supuesto conflicto armado interno.
- Informe sobre la asistencia brindada a grupos vulnerables.
- 4
Servicio Penitenciario (SNAI)
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Condiciones carcelarias y medidas de seguridad:
- Informe detallado sobre las condiciones en los centros de privación de libertad, las medidas adoptadas para garantizar la seguridad de los presos y las acciones para enfrentar el incremento de la criminalidad y violencia.
Planes de Tecnificación y Seguridad Tecnológica:
- Informe detallado sobre los planes de tecnificación del Sistema Penitenciario, con especial énfasis en las seguridades tecnológicas implementadas o proyectadas para mantener el control de los centros. Deberá incluir estrategias y medidas adoptadas, así como necesidades y obstáculos existentes.
- 5
Asamblea Nacional
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Información legislativa:
- Inventario sobre el estado en que se encuentran las reformas o iniciativas legislativas planteadas o en trámite, destinadas a fortalecer la respuesta institucional ante la inseguridad, enfocadas en medidas estructurales.
- Informe sobre el estado de la normativa para operativizar el apoyo de las Fuerzas Armadas a la Policía, nacido del referendo de abril de 2024.
Control político y fiscalización:
- Informe respecto de las comparecencias o solicitudes de información que han exigido los legisladores a otras Funciones del Estado y autoridades públicas, en relación con los estados de excepción y las actuaciones para luchar contra el crimen organizado.
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Consejo de la Judicatura
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Control disciplinario:
- Informe sobre procesos disciplinarios e implementación de controles y vigilancia de jueces, fiscales y demás funcionarios que atienden causas relacionadas con el crimen organizado, detallando su estado procesal y medidas adoptadas para evitar filtraciones o demoras injustificadas.
Garantía del servicio de justicia:
- Medidas implementadas para garantizar la continuidad y efectividad del servicio de justicia en el contexto de los estados de excepción.
Fortalecimiento de capacidades:
- Medidas adoptadas para fortalecer las capacidades del sistema judicial en la lucha contra el crimen organizado. Debe incluir estrategias interinstitucionales, medidas de protección para operadores de justicia, acciones para la celeridad procesal y transparencia.
Coordinación y buenas prácticas:
- Especificar si se han implementado protocolos de coordinación con la Fiscalía General del Estado, la Policía Nacional o la Defensoría del Pueblo, y qué resultados se han obtenido.
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Defensoría del Pueblo
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Casos en trámite y medidas de acompañamiento y protección:
- Un reporte detallado sobre los procesos en los que ha brindado asistencia legal a personas detenidas o procesadas en operativos relacionados con la crisis de seguridad, incluyendo casos de posibles vulneraciones de derechos humanos, tales como presuntos "falsos positivos", tortura, tratos crueles o desaparición forzada.
- Sistematizar las denuncias de violaciones de derechos humanos reportadas durante el 2024 por organizaciones internacionales, ONGs y particulares, incluyendo aquellas que ya constan en los expedientes de los estados de excepción.
Estrategias y protocolos de coordinación:
- informar los mecanismos de comunicación que mantiene con otros organismos de control, así como con la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, así como de alerta temprana y denuncias de abusos.
Seguimiento y acciones específicas:
- Informe detallado sobre las violaciones de derechos humanos en el contexto de los estados de excepción y del presunto conflicto armado, desglosado por tipo de vulneración: desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales, tortura, tratos crueles y detenciones arbitrarias.
- Las delegaciones provinciales deberán monitorear la situación de los sectores más vulnerables y emitir recomendaciones para las autoridades competentes.
Seguimiento integral de los estados de excepción:
- Elaborar un informe de seguimiento de las medidas adoptadas durante los estados de excepción de los últimos dos años, con especial énfasis en la vigilancia del cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales e internacionales.
- Así como proporcionar una visión global sobre el impacto de las medidas de los estados de excepción en la población.
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