La Corte Constitucional 'hala las orejas' a las autoridades de seguridad y ahora supervisará sus tareas
En su último dictamen, los jueces ordenaron la creación de una comisión interinstitucional, con las mismas entidades de siempre, a la que ahora seguirá y evaluará sus avances.

El presidente Daniel Noboa recorrió el Fuerte Militar Chacras, ubicado en Machala, el 10 de diciembre de 2024.
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La Corte Constitucional (CC) dio un golpe sobre la mesa. Después de que el presidente Daniel Noboa mantuviera al país en estado de excepción los dos primeros meses del año, los magistrados ordenaron la creación de una "comisión interinstitucional" para ejecutar acciones contra la inseguridad.
En su último dictamen, la Corte exige al Ejecutivo que, si decide declarar nuevos estados de excepción, estará obligado a justificar que ya "ha implementado las medidas disponibles en el régimen ordinario y demostrar que aquellas que no están disponibles y son necesarias, no responden a su inacción o negligencia, sino que se encuentran en proceso 'de ejecución'".
Con el documento, los magistrados declararon inconstitucional la recurrente excusa del conflicto armado interno para decretar el estado de excepción en siete provincias y tres cantones. Porque el decreto "devela que el Presidente de la República no ha justificado de manera adecuada la necesidad de la declaratoria del estado de excepción".
- Presidente Daniel Noboa renovó por 30 días más el estado de excepción en siete provincias de Ecuador
Pero permitieron que la medida se mantenga bajo el argumento de la conmoción interna provocada. De todas formas, los jueces enfatizan la ausencia de políticas de Estado y planes de seguridad que fijen directrices claras frente a las amenazas y daños a la convivencia pacífica de la ciudadanía.
Por eso, todas las instituciones a las que la Corte ya ha exhortado a actuar en sus dictámenes previos, deberán formar parte de esta nueva comisión interinstitucional obligatoria, con delegados propios:
- Por la Función Ejecutiva: la Presidencia, los ministerios del Interior, de Defensa, de Inclusión Económica, de Economía, el Servicio Penintenciario (SNAI), las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
- Por la Función Legislativa: un representante de cada bancada y un delegado de la Presidencia de la Asamblea Nacional.
- Por la Función Judicial: Consejo de la Judicatura y Fiscalía General del Estado.
- Por la Función de Transparencia: Defensoría del Pueblo.
Pero los jueces constitucionales no van a dejar la actuación de estas autoridades a su voluntad. Esta comisión sesionará en las instalaciones de la misma Corte, que actuará como facilitadora. Las sesiones serán obligatorias cada dos meses, sin contar las convocatorias extraordinarias que puedan existir.
En cada sesión, los delegados de estas instituciones deberán presentar sus avances y propuestas, así como obstáculos y problemas de implementación. Y discutirán los informes presentados, así como las medidas a ejecutar de forma coordinada, "siempre con información de sustento".
Y para que nadie se rezague, los magistrados determinaron que, en la primera sesión que convoque la Corte, la comisión "deberá elaborar un cronograma de trabajo con actividades claras y concretas que implementará cada institución para alcanzar el objetivo de desarrollar e implementar herramientas para afrontar el problema estructural desde el régimen constitucional ordinario".
Es decir, sin recurrir al régimen extraordinario que son los estados de excepción.
Pero, ¿por qué? La respuesta de la Corte es sencilla, porque "es claro que la Función Ejecutiva dispone de un amplio aparataje para llevar a cabo sus deberes constitucionales y legales para brindar seguridad a sus ciudadanos de manera ordinaria".
En este dictamen 1-25-EE/25, del 21 de febrero, los jueces también establecieron el "seguimiento y evaluación de los esfuerzos de las autoridades para transitar al régimen constitucional ordinario y contar con herramientas para responder al problema estructural de la violencia y crimen organizado".
Para esto la Corte abrió de manera inmediata la fase de seguimiento de su dictamen, durante el cual podrá modular, eliminar o dictaminar nuevas medidas o mecanismos de seguimiento.
La terquedad de los gobernantes
En este dictamen, la Corte Constitucional recuerda que, pese a todas sus advertencias, los gobernantes insisten en recurrir a los estados de excepción. Sucedió en 2021, 2022, 2023 y continuó en 2024, cuando Ecuador vivió en un estado de excepción permanente, con 10 decretos de Daniel Noboa.
Por eso, los jueces recalcan que en todos sus dictámenes previos, el organismo "ya le ha recordado al presidente, en múltiples ocasiones, que los problemas estructurales como el incremento de la criminalidad deben tratarse con medidas estructurales y que, para ello, no se debe abusar de los estados de excepción”.
"La Corte Constitucional ha identificado que la recurrencia de los estados de excepción pone en evidencia la carencia de políticas de Estado y planes de seguridad".
¿Dónde queda el Consejo de Seguridad?
El Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe) es la máxima entidad del país en la materia y tiene como función asesorar al Presidente de la República sobre las políticas, planes y estrategias de Estado, y sobre sus procedimientos.
Así mismo, debe recomendar la adopción de medidas de prevención e intervención en casos de acontecimientos graves o amenazas que afecten o puedan afectar la integridad de los habitantes y del Estado.
Este Consejo está conformado, en teoría, por 14 altos funcionarios del área, que incluyen a las máximas autoridades de cuatro funciones del Estado o sus delegados: el Primer Mandatario, los presidentes de la Asamblea, Judicatura, Corte Nacional de Justicia y Función de Transparencia.
A ellos se suman los titulares de Defensa, Interior, Relaciones Exteriores, Inteligencia Estratégica (CIES), y Atención a Privados de Libertad (SNAI). Y los comandantes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
Es decir, casi las mismas autoridades a las que la Corte Constitucional acaba de reprender en su último dictamen. Sin embargo, como la CC no puede evaluar las actuaciones del Cosepe, tuvo que crear una comisión paralela, a la que pueda obligar a sesionar y presentar acciones, así como avances de gestión.
Por eso los magistrados explican que "ante la falta de capacidad, voluntad política y coordinación de estas instituciones, esta Corte se ve en la necesidad de adoptar, como medida para evitar la desnaturalización del estado de excepción, la creación de un “mecanismo técnico para superar los problemas estructurales de violencia y crimen organizado”.
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