Corte Constitucional declara que decretos 500 y 505 sobre encargo de la Presidencia son inconstitucionales
Con ocho votos a favor, la Corte declaró la inconstitucionalidad de los decretos ejecutivos 500 y 505, por ser contrarios al artículo 146 de la Constitución de Ecuador.
Imagen referencial de la vicepresidenta Verónica Abad, y del presidente Daniel Noboa, 3 de febrero de 2025.
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Presidencia / Primicias
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Redacción Primicias
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La disputa entre Daniel Noboa y Verónica Abad habría llegado a su fin. Este 3 de febrero de 2025, la Corte Constitucional de Ecuador dio a conocer su resolución sobre las demandas presentadas a los decretos ejecutivos 500 y 505.
En ambos casos, la Corte dijo que los decretos son inconstitucionales, "por ser contrarios al artículo 146 de la Constitución".
Con ocho votos a favor de los jueces constitucionales, y un voto salvado del juez Enrique Herrería, la institución reconoce la "naturaleza sui generis de los decretos emitidos por el presidente de la república", Daniel Noboa.
Con ambos decretos, el presidente Daniel Noboa designó a su secretaria de la Administración, Cinthya Gellibert como presidenta, para poder ausentarse del cargo y asumir actividades propias de la campaña electoral de 2025.
Esto ocurrió pese a que la vicepresidenta electa en las urnas, Verónica Abad, había regresado de Israel y podía asumir el cargo.
Los argumentos de la Corte
En su comunicado de este 3 de febrero, la Corte indicó que los mencionados documentos, 500 y 505, generan efectos individuales para quienes reciben los encargos del presidente Noboa, en este caso, la secretaria de la Administración, Gellibert.
Además, la Corte explicó que si bien ambos decretos perdieron vigencia, previo a la decisión de la institución, "esta sigue facultada para pronunciarse sobre ellos, ya que tienen la potencialidad de producir efectos contrarios a la Constitución pese a su derogatoria".
En otro punto de su decisión, la Corte recordó que el artículo 146 de la Constitución ya dispone las causas por las que un mandatario puede ausentarse y cómo debe realizar el encargo de la Presidencia.
Debido a la naturaleza del cargo de Jefe de Estado, la institución expresó que su encargo o delegación solo debe realizarse conforme a la Constitución de Ecuador.
"De modo que cuando el Presidente en el artículo uno de los decretos 500 y 505, dispone encargar la Presidencia contradice lo previsto en el artículo 146 de la Constitución, pues no procede la figura de entregar la Presidencia a través de un decreto".
Corte Constitucional
Por otra parte, sobre la naturaleza o circunstancias de los decretos, la Corte señaló que no le compete emitir una decisión.
Tampoco emitirá un dictamen sobre si existe o no una infracción electoral, y más bien, indicó que esto es tarea del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
Un fallo esperado
Desde el 23 de enero de 2025, el Pleno de la Corte ya había conocido sobre las demandas de inconstitucionalidad, e incluso se había notificado a la Presidencia, que envió otros argumentos para tratar la causa.
De hecho, según el documento oficial de la Corte, la decisión se tomó el pasado 23 de enero, pero se conoció recién este lunes.
Gellibert, la vicepresidenta nombrada por decreto, asumió por cuarta vez la Presidencia el pasado viernes, para que Noboa pueda dedicarse en el fin de semana a la campaña electoral, con miras a ser reelegido en las elecciones generales del 9 de febrero.
Mientras que Abad ha sido designada para una misión diplomática en Turquía, luego de que la justicia ecuatoriana anuló la suspensión de cinco meses que le impuso el Gobierno.
Pero, hasta ahora no se ha presentado en Ankara, argumentando retrasos de dinero y pasajes de avión por parte de la administración de Noboa.
Abad sigue en Quito, a la espera de que se resuelvan sus procesos judiciales y asumir ella la Presidencia durante el tiempo que queda de campaña electoral, que concluye el 6 de febrero.
La noche del 29 de enero, la vicepresidenta sufrió un revés cuando un Tribunal de Garantías Penales le negó la acción de protección para derogar los mismos decretos que la Corte acaba de declarar como inconstitucionales.
Puede leer la decisión completa de la Corte Constitucional en el siguiente documento:
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