Corte Constitucional da tres días de plazo al Ministerio de Trabajo para que responda sobre caso Verónica Abad
En el plazo de tres días, el Ministerio de Trabajo deberá presentar a la Corte Constitucional sus argumentos sobre la suspensión de la vicepresidenta Verónica Abad.
La vicepresidenta, Verónica Abad, a su llegada a la audiencia a la Unidad Judicial de la Familia en Quito, el 23 de diciembre de 2024.
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Redacción Primicias
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La Corte Constitucional aceptó a trámite este lunes, 23 de diciembre de 2024, la consulta de norma presentada por un Tribunal de Pichincha sobre el acuerdo ministerial que derivó en la suspensión de la vicepresidenta de la República, Verónica Abad.
La decisión fue adoptada por los jueces Alí Lozada y Daniela Salazar, quienes conforman el Tribunal de la Sala de Admisión del organismo, un mes después de haber recibido esta solicitud. El juez Enrique Herrería votó en contra.
La resolución "corre traslado al Ministerio del Trabajo para que, en el término de tres días contados a partir de la notificación del presente auto, presente sus argumentos sobre la presente consulta y se pronuncie sobre la constitucionalidad del Acuerdo Ministerial MDT-2024-175".
La consulta fue dispuesta, por unanimidad, por la Sala especializada penal para el juzgamiento de delitos relacionados con corrupción y crimen organizado de la Corte provincial de Justicia de Pichincha, el 22 de diciembre de 2024.
Lo anterior se desprende de una demanda de Abad para que se declare la vulneración de la seguridad jurídica, violación al debido proceso, integridad personal y el derecho al trabajo en condiciones dignas, en este proceso.
"Como se puede observar, la Sala consultante presenta razones concretas por las cuales considera que es necesario tener certeza acerca de la constitucionalidad, o no, de los artículos 2, 4, 54 y 56 del Acuerdo Ministerial, ya que la resolución del caso concreto dependería de aquello", dice la resolución del Tribunal de Admisión de la Corte.
"Y, por otro, la respuesta al descargo planteado por la entidad accionada también depende de la decisión sobre la constitucionalidad de tales artículos, ya que el Ministerio del Trabajo sustentó en dicho Acuerdo Ministerial la competencia de su funcionaria para emitir el acto administrativo impugnado en la acción de protección", agrega.
La Corte notificó de esta decisión al Tribunal de Pichincha, a la Procuraduría General del Estado y a la defensa de Abad, que había requerido al organismo que priorice el tratamiento de esta causa.
La resolución llegó el mismo día que una jueza de la Unidad Judicial de la Familia de Quito, Nubia Vera, dejó sin efecto la sanción impuesta contra Abad y ordenó a la ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, que ofrezca disculpas por su actuación.
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