CNE empieza cobro de multas por proselitismo y expendio de licor en elecciones
El CNE recordó que las multas solo podrán ser canceladas de forma presencial. Conozca dónde y cuándo puede pagar estas contravenciones electorales.
El 21 de abril se desarrolló la consulta popular convocada por el presidente Daniel Noboa.
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Los ciudadanos que cometieron contravenciones electorales, en el proceso de consulta popular del 21 de abril de 2024, ya pueden empezar a pagar las multas estipuladas en el Código de la Democracia.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó, este 16 de julio, que puede consultar si tiene multas pendientes ingresando a la página oficial de la entidad, o en las delegaciones provinciales.
¿Dónde y cuándo puede pagar estas multas? Desde el organismo electoral se indicó que las multas solo podrán ser canceladas, de forma presencial, en las 24 Delegaciones Electorales Provinciales, que atienden de lunes a viernes de 08:30 a 16:30.
El CNE advierte que, de no hacer los pagos correspondientes, se iniciará un proceso coactivo, tal como está establecido en la Ley.
Las contravenciones que tienen una multa equivalente al 50% de una remuneración mensual básica unificada son:
- Hacer propaganda dentro del recinto electoral en el día de los comicios.
- Hacer propaganda electoral los días en que se encuentra prohibida por la ley.
- Expender o consumir bebidas alcohólicas en los días en que exista prohibición (ley seca).
- Ingresar al recinto electoral o presentarse a votar en estado de embriaguez.
- Quien suscite alguna alteración o perturbación en el desarrollo de las votaciones, dentro o fuera de los recintos electorales.
- Presentarse a votar portando armas.
También, pueden cancelar sus multas quienes no se presentaron a sufragar en este y otros procesos anteriores, o quienes no acudieron a conformar las Juntas Receptoras del Voto.
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