Este es el cambio en el artículo 5 de la Constitución que propone Noboa para que regresen las bases extranjeras
La Corte Constitucional recibió el proyecto del presidente Daniel Noboa para la reforma parcial al artículo 5 de la Constitución. El juez constitucional Enrique Herrería revisará la causa.
Presidente Daniel Noboa durante un acto con la Policía Nacional.
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Presidencia Ecuador
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Redacciones Primicias
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La Corte Constitucional recibió el proyecto del presidente Daniel Noboa para modificar la prohibición de instalar bases militares extranjeras en Ecuador. Esta restricción se encuentra en el artículo 5 de la Constitución.
Este lunes, 16 de septiembre de 2024, el presidente Noboa anunció que enviaría el documento para la reforma parcial a la Asamblea Nacional, pero esto no ocurrió, pues el texto primero debe ser revisado en la Corte Constitucional. El juez Enrique Herrería revisará la causa.
La Corte debe determinar si la propuesta se debe tratar como reforma o enmienda a la Constitución. Una vez que la Corte dé paso a la propuesta, el Gobierno podrá remitirla a la Asamblea Nacional.
Así cambiaría el artículo 5 de la Constitución
Según la demanda enviada por el Ejecutivo a la Corte Constitucional, Noboa le pide a los magistrados el siguiente cambio:
Sustitúyase el artículo 5 de la Constitución de la Republica del Ecuador por el siguiente: Art. 5: El Ecuador es un territorio de paz.
Propuesta de reforma parcial del artículo 5 de la Constitución
Actualmente, ese texto está redactado de esta forma:
"El Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras".
Artículo 5 de la Constitución
En su fundamentación, el Gobierno sostiene que la cooperación internacional en materia de seguridad "puede ser la variable determinante en contra de la delincuencia organizada trasnacional".
También, asegura que la propuesta no restringe derechos ni garantías y, más bien, busca que los ecuatorianos "sean los partícipes de la decisión de reforma, y determinen su conveniencia".
En efecto, esta propuesta se someterán a referéndum, pero primero deberá ser debatida y aprobada en la Asamblea, si es el caso.
Solo así el Primer Mandatario podrá emitir el decreto ejecutivo para convocar a las urnas a los ecuatorianos, que podría coincidir con las elecciones presidenciales del 9 febrero o inmediatamente después.
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