Volver al confinamiento: se puede, pero es legalmente difícil para el Gobierno
El aumento de contagios y muertes por Covid-19 generan preocupación a las autoridades. Las observaciones de la Corte Constitucional en sus últimos análisis de los estados de excepción obligan al Gobierno a justificar mejor las medidas.
Un vendedor ambulante de mascarillas en Quito el pasado 6 de agosto de 2020.
EFE
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Un estado de excepción es la única opción para que el Gobierno pueda restringir el derecho a la libre movilidad de los ciudadanos. Ante el aumento de los casos de Covid-19 y las muertes, las autoridades analizan la posibilidad de un nuevo estado de excepción para evitar las aglomeraciones.
El panorama es complejo pues la Corte Constitucional ya llamó la atención al Ejecutivo en dos ocasiones, por la reiterada emisión de estados de excepción a causa del coronavirus. A esto se le suma que la segunda vuelta electoral está a 10 días, y mover su fecha es una tarea casi imposible.
Además las restricciones han probado tener poco efecto sobre las cifras de Covid-19. Las prohibiciones establecidas en feriados anteriores no muestran un efecto importante sobre el aumento o disminución de contagios diarios.
Aún así, es la opción que les queda a las autoridades para controlar totalmente a los ciudadanos. El estado de excepción es la única vía para poder restringir derechos, entre ellos el de libre movilidad y libre reunión y asociación.
Sin estado de excepción, solo es posible imponer regulaciones dentro del marco legal vigente, como se ha venido haciendo, por ejemplo los controles por placas de los autos que realizan los municipios.
Un nuevo estado de excepción sí es posible
La Corte Constitucional ha cuestionado al Ejecutivo por el abuso en la emisión de estados de excepción, no solo durante la pandemia sino también en la crisis carcelaria. Los cuestionamientos son que las medidas adoptadas por el Gobierno no tienen suficiente justificación jurídica ni técnica.
En agosto de 2020, la Corte dispuso en un dictamen que "no admitirá una nueva declaratoria sobre los mismos hechos", con lo que terminó el toque de queda que regía desde marzo.
Meses después, en diciembre, los magistrados revocaron un nuevo estado de excepción por "no adecuarse a las normas constitucionales".
Frente a estos dos dictámenes, el secretario de Gabinete de la Presidencia, Jorge Wated, en días pasados expresó su preocupación por la "inflexibilidad" de la Corte.
“Al no tener el apoyo de la Corte Constitucional, se comienza a ver un momento complejo, y donde se podría tener una herramienta importante para controlar mejor, no se la tiene”.
Jorge Wated, secretario del Gabinete.
Pero la Corte salió al paso a aclarar que, de hecho, el Ejecutivo puede declarar el estado de excepción cuando lo estime pertinente, siempre que este sea justificado correctamente.
A través de un comunicado, la Corte Constitucional señala que los estados de excepción deben ser focalizados y debidamente justificados "en función de criterios técnicos coordinados con las autoridades seccionales, de salud y de manejo de riesgos competentes".
El comunicado no es una autorización al Gobierno a optar por el estado de excepción; sino más bien un llamado a que las autoridades lo decreten de ser el caso. Pero siempre la Corte hará el control de constitucionalidad, y llamará la atención en casos de que haya medidas no justificadas.
Las medidas que ya se han impuesto
La Constitución señala que el Ejecutivo puede declarar el estado de excepción en todo el territorio nacional o en parte del mismo; en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad pública o desastre natural.
En los anteriores decretos de estado de excepción relacionados con el Covid-19, el Gobierno acudió a la causal de calamidad pública, con base en el aumento del número de muertes y contagios.
La llegada al país de una nueva cepa británica, que se intentó usar como causal en diciembre de 2020, fue descartada por la Corte Constitucional.
En vista de que el número de contagios y muertes se ha mantenido al alza durante varias semanas, el Gobierno podrá decretar una nueva emergencia. Y podrá hacerlo en todo el país o solo en las ciudades más afectadas, para no paralizar todo.
En anteriores ocasiones, las principales medidas impuestas por la pandemia fueron:
- Toque de queda en horas de la noche.
- Prohibición de la libre circulación de personas y vehículos, excepto los trabajadores de los sectores estratégicos.
- Suspensión de la jornada presencial de trabajo.
- Prohibición de reuniones, aglomeraciones y cualquier tipo de evento público.
- Prohibición de funcionamiento a restaurantes, bares y discotecas.
Pero llegar a este punto puede traer nuevas complicaciones a la economía del país, que aún lucha por recuperarse de los efectos de 2020.
¿Y las elecciones?
La presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint, ha negado la posibilidad de mover la fecha de la segunda vuelta electoral prevista para el 11 de abril de 2021.
Queda poco más de una semana para esa fecha, por lo que las autoridades esperan fortalecer sus protocolos de bioseguridad y evitar los contagios durante la jornada.
El presidente del COE, Juan Zapata, señaló 31 de marzo de 2021 que el COE trabaja en "ajustes" al protocolo de bioseguridad del 7 de febrero. Este luego deberá ser ratificado por el Pleno del CNE para su entrada en vigor.
Una de las modificaciones probablemente será la eliminación del llamado a que los ciudadanos vayan a votar según su último dígito del número de cédula; esto habría generado más confusión y aglomeraciones en la primera vuelta.
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