Una segunda pareja gay obtiene sentencia que reafirma la vigencia del matrimonio igualitario
Dos sentencias han sido emitidas por la Corte Constitucional hasta el viernes 14 de junio de 2019. Las parejas formadas por Efraín Soria-Javier Benalcázar y Rubén Salazar-Carlos Verdesoto han sido las favorecidas. El juez Alí Lozada sugiere los textos que deberían incluirse en el Código Civil y la Ley de Gestión de la Identidad.
Rubén Salazar y Carlos Verdesoto se casaron el 15 de noviembre de 2019.
Jonathan Machado / Primicias
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Rubén Salazar y Carlos Verdesoto fueron notificados, la tarde del viernes 14 de junio de 2019, con la sentencia de la Corte Constitucional que autoriza su matrimonio.
La resolución de los jueces se tomó el mismo 12 de junio de 2019, junto con el caso de Efraín Soria y Javier Benalcázar.
Solo que en el caso Salazar-Verdesoto, el juez ponente, Alí Lozada, da un paso más: en el documento establece como deberían quedar los artículos del Código Civil y de la Ley de Gestión de la Identidad y Datos Civiles.
Así, Lozada declara que el artículo 81 del Código debe decir: "el Matrimonio es un contrato solemne por el cual dos personas se unen con el fin de vivir juntos y auxiliarse mutuamente".
El artículo 52 de la ley, en cambio, debe decir que "el matrimonio es la unión entre dos personas y se celebra e inscribe ante la Dirección General del Registro Civil".
Hasta el momento, las dos parejas han sido las que han recibido la sentencia favorable de la Corte Constitucional para poder contraer matrimonio.
Histórico fallo: la Corte Constitucional da paso al matrimonio igualitario
Sentencia
La Corte Constitucional dio paso al matrimonio civil entre personas del mismo sexo, la tarde del miércoles 12 de junio de 2019, con cinco votos. Los jueces, además, declararon inconstitucionales dos normas legales en las que se establecía que el matrimonio es un contrato “entre hombre y mujer”.
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