50 personas salieron de la cárcel para reducir hacinamiento
Uno de los sentenciados del CRS Sucumbíos que se acogieron al cambio de régimen firma su boleta de excarcelación, este 14 de abril de 2020.
SNAI
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El 25 de marzo de 2020, Michelle Bachelet, Alta Comisaria para los derechos humanos de la ONU, instó a los países a reducir la población carcelaria para evitar un contagio masivo de coronavirus, sobre todo, en los sistemas con hacinamiento.
En el caso ecuatoriano, según el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), la capacidad carcelaria ecuatoriana es de 28.500 personas.
El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) registró que hasta el 5 de abril, cuando ya estaba vigente la emergencia sanitaria, había 39.575 presos en las 59 cárceles del país.
Esto quiere decir que el hacinamiento en el sistema carcelario ecuatoriano llega el 38,86%.
Ante el llamado de la ONU y el hacinamiento local, el 27 de marzo, el SNAI aprobó directrices para precautelar la salud de los detenidos.
Una de estas fue la preparación de informes motivados para que la justicia resuelva y disponga beneficios penitenciarios como los cambios de régimen.
Entre marzo y abril, el SNAI elaboró 474 carpetas con el análisis de expedientes de probables beneficiarios.
Y, solo en abril, 50 personas recuperaron la libertad. Los jueces de garantías penitenciarias se encargan de analizar los informes del SNAI y decidir la posible liberación.
Hasta este martes 14 de abril de 2020, en el sistema carcelario ecuatoriano hay un solo caso confirmado de Covid-19. Se trata de un guía penitenciario de la cárcel de El Inca, en Quito.
Tres regímenes
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece un sistema de progresividad para la rehabilitación social. Esto quiere decir que hay diferentes regímenes para pagar una pena.
Los sentenciados que cumplen su pena en una cárcel están en un régimen cerrado. Pero, a través de los beneficios, pueden pasar a otros dos regímenes:
- Abiertos: Cuando el detenido se reintegra a la sociedad, luego de cumplir el 80% de la pena, con supervisión del SNAI.
- Semiabierto: Es el que se conocía como prelibertad. Se necesita el 60% del cumplimiento de la pena y el procesado debe portar un grillete electrónico.
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Pese a la rápida propagación del virus en el país y al hacinamiento, en los 59 centros de reclusión aún no existen casos confirmados de la enfermedad.
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