10 claves sobre las propuestas del Presidente para la educación universitaria
El presidente de la República, Guillermo Lasso, entregó el proyecto de ley a la Asamblea Nacional el martes 17 de agosto de 2021 y pidió un tratamiento urgente.
El presidente Guillermo Lasso durante la entrega de su proyecto de reformas a la Ley de Educación Superior, el 17 de agosto de 2021.
Asamblea Nacional, Flickr
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Una de las promesas de campaña con las que Guillermo Lasso ganó la Presidencia de la República apuntaba a una transformación del sistema de educación superior.
Pasaron 85 días desde que inició su mandato, entre diálogos y reuniones con distintos sectores involucrados, para que ese ofrecimiento se transformara en un proyecto de reforma a la Ley Orgánica de Educación Superior.
La propuesta entregada el 17 de agosto de 2021 inicialmente era más radical e inmediata: enviar el proyecto para eliminar la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt) el día de su posesión.
Pero el tiempo no le quitó protagonismo en la agenda gubernamental. El presidente Guillemo Lasso acudió personalmente a entregar el proyecto en la Asamblea Nacional.
Tras hacerlo pronunció un discurso exhortando a los asambleístas a tratarlo y aprobarlo rápidamente. Lasso considera que la actual ley es "absurda, caduca, discriminatoria y, sobre todo, muy poco democrática".
Aunque el Presidente insistió en el tratamiento ágil de la reforma, aquello no parece que será tan expedito. El presidente de la Comisión de Educación del Legislativo, Manuel Medina, advirtió que "la Comisión tiene nueve proyectos calificados por el CAL, además de otro presentado por el asambleísta Salvador Quishpe".
Ante ese escenario estimó que la iniciativa del Ejecutivo no será tratada en lo que resta de 2021. "Es necesario que el proyecto sea conocido por las universidades públicas y privadas. También por los sectores sociales y por los docentes", matizó.
El proyecto de ley entregado por Lasso a la presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori, cuenta con tres pilares: autonomía y libertad; ampliar la oferta académica; y mejorar los procesos de admisión a las universidades.
Estos tres ejes se ven reflejados en nueve artículos y tres disposiciones transitorias que se encuentran en un documento de 15 páginas.
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Gratuidad de la educación
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La reforma a la Ley Orgánica de Educación Superior ratifica la gratuidad en las instituciones de educación superior de tercer nivel, bajo estos criterios:
- La gratuidad será para los estudiantes regulares que se matriculen en por lo menos el 60% de todas las materias o créditos que permite su malla curricular en cada período, ciclo o nivel.
- No se cubrirán las segundas ni terceras matrículas. Tampoco las consideradas especiales o extraordinarias.
- El Estado, por concepto de gratuidad, solo financiará una carrera de tercer nivel.
- La gratuidad cubrirá exclusivamente los rubros relacionados con la primera matrícula.
- Se prohíbe el cobro por uso de laboratorios, bibliotecas, acceso a servicios informáticos e idiomas.
- Se pierde la gratuidad si un estudiante reprueba el 30% de las materias o créditos.
- La gratuidad cubrirá todos los recursos necesarios para la obtención del título de tercer nivel.
- La gratuidad aplica para ecuatorianos y residentes permanentes.
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Oferta académica
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La propuesta del Gobierno plantea a que el Consejo de Educación Superior sea más eficiente en el registro de nuevas carreras y programas de estudio. Para eso, le otorga 18 atribuciones para que actúe como un puente que facilite y optimice los procesos. Entre los principales están:
- Garantizar la autonomía de las instituciones de educación superior.
- Elaborar informes para la creación de nuevas instituciones de educación superior.
- Expedir las resoluciones de creación y extinción de institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores.
- Aprobar la intervención y la suspensión de las entidades de educación superior, bajo las normativas legales.
- Aprobar la creación, suspensión o clausura de sedes y extensiones de las instituciones de educación superior.
- Mantener un registro de las carreras de posgrado.
- Suspender los fondos que reciben las instituciones de educación superior, de forma proporcional, cuando una carrera no cumpla con los estándares establecidos.
- Remover a las máximas autoridades electas de las instituciones de educación superior.
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Admisión y nivelación
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El texto de las reformas precisa que el ingreso al tercer nivel en las instituciones públicas estará regido por los principios de méritos, igualdad de oportunidades y libertad de elección de carrera e institución. Este ingreso estará regulado por el Sistema de Nivelación y Admisión, que adoptará medidas de acción afirmativa para promover la igualdad de las capacidades y competencias de los aspirantes. Además, los estudiantes que no accedan a la educación superior podrán recibir cursos preparatorios relacionados con el proceso de admisión. Los costos serán establecidos por las mismas instituciones.
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Requisitos para el ingreso
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La reforma propone dos requisitos para los estudiantes que aspiren ingresar a una institución de educación superior:
- Título de bachiller nacional o extranjero.
- Cumplir con los requisitos definidos por cada institución educativa.
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Autonomía
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El proyecto de reforma plantea el reconocimiento y la garantía de "la naturaleza jurídica propia y las formas de organización específica de cada una de las universidades y escuelas politécnicas". Y busca la aplicación de modelos educativos "propios y diversos".
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Ejercicio de la autonomía
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La propuesta del Ejecutivo aspira a que la autonomía universitaria sea uno de los principales ejes del sistema de educación superior. Para el ejercicio de la autonomía plantea seis propuestas:
- Libertad para autodirigirse y funcionar según un modelo educativo y de vocación específicos para tomar sus decisiones, gestionar sus procesos internos y expedir sus propios estatutos.
- Independencia para que profesores e investigadores ejerzan la libertad de cátedra.
- Libertad para elaborar planes y programas de estudio.
- Libertad para determinar sus órganos de gobierno.
- Libertad para nombrar a sus autoridades, y a su personal administrativo y académico.
- Libertad para adquirir y administrar su patrimonio y recursos. Así como para elaborar, aprobar y ejecutar su presupuesto.
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Control de fondos
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En el caso del uso de fondos que no provengan del Estado, la reforma a la Ley Orgánica de Educación Superior plantea que las instituciones de educación superior estén sujetas "a la normativa interna aprobada por el órgano colegiado académico superior, en ejercicio de su autonomía". Además, las instituciones privadas deberán entregar la información que requieran las autoridades de control. Mientras que las instituciones públicas estarán sujetas a lo establecido por la Contraloría.
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Instituciones sin carácter de lucro
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El proyecto del presidente de la República, Guillermo Lasso, ratifica que las instituciones del sistema de educación superior no tendrán fines de lucro. Y aclara que los excedentes de sus estados financieros deben ser destinados a incrementar su patrimonio institucional.
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Institutos Superiores
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Los Institutos Superiores Pedagógicos y Pedagógicos Interculturales Bilingües estarán dedicados a la formación docente y a la investigación aplicada. Y se podrán articular académicamente a la Universidad Nacional de Educación o a aquellas instituciones de educación superior con oferta académica afín a este campo.
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Disposiciones transitorias
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El proyecto de ley busca un nuevo comienzo para el Consejo de Educación Superior (CES), por eso en la primera disposición transitoria lo cesa en sus funciones. Y da a conocer cómo estará conformado:
- Cinco representantes del Ejecutivo.
- Nueve académicos.
- Un representante de los estudiantes universitarios y politécnicos.
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