Un proyecto de ordenanza municipal plantea identificar, registrar y cedular a las mascotas
Personas juegan con sus mascotas en el parque La Armenia, en el Valle de Los Chillos, en junio de 2019.
Jonthan Machado / Primicias
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La Comisión de Salud del Concejo Metropolitano entregó, el martes 20 de agosto de 2019 al alcalde Jorge Yunda, un proyecto de ordenanza para regular la tenencia, protección y control de la fauna urbana en Quito.
Juan Manuel Carrión, miembro de la Comisión, dice que el objetivo de la propuesta es promover la tenencia responsable de animales de compañía.
El concejal agregó que organizaciones como Protección Animal Ecuador (PAE), participaron en la elaboración del proyecto, que entrará a debate en el Concejo Metropolitano.
Lorena Belollio, representante de PAE, dice que el espíritu de la propuesta es resolver el problema de la fauna urbana, en especial perros y gatos.
"La sobrepoblación y el maltrato a los animales es consecuencia de la ausencia de políticas públicas en esta área", dice la activista. Por eso, ella espera que durante el debate de la ordenanza se respete el espíritu de la propuesta.
PRIMICIAS analizó el documento y destaca algunos de los temas más importantes que dispone la normativa:
Obligaciones de los propietarios de mascotas
- Tener un número de animales que pueda mantener de acuerdo a los principios de bienestar animal.
- Proporcionar a los animales un alojamiento adecuado, manteniéndolos en buenas condiciones físicas, psíquicas y fisiológicas, de acuerdo a las necesidades de su especie.
- Someter a los animales, de manera oportuna, a los tratamientos veterinarios preventivos y curativos que pudieran precisar a fin de evitar daño, dolor o sufrimiento innecesario.
- Identificar, registrar y cedular a los animales en el Registro, Identificación y Cedulación (Remetfu).
- Identificar al o los animales mediante chip, arete u otra técnica legal y debidamente aprobada.
Prohibiciones
- Provocar en los animales daño o sufrimiento innecesario.
- Abandonar animales en lugares públicos o privados, en áreas urbanas o rurales.
- Permitir que los animales deambulen sin la debida supervisión de un responsable.
- Mantener animales en espacios sin condiciones mínimas de higiene.
- Encadenar animales o atarlos como método habitual de tenerlos en cautiverio, o privarlos de su movilidad natural.
- Privar a los animales de la alimentación a propósito.
- Utilizar, entrenar, criar o reproducir animales para peleas. Así como también, asistir, fomentar u organizar dichas peleas.
- Utilizar animales para zoofilia, pornografía o cualquier actividad sexual.
Nuevas entidades
El proyecto también establece la creación de la Unidad de Fauna Urbana, que estará adscrita a la Secretaría de Salud y que será la encargada de aplicar la normativa.
El presupuesto para esta entidad no podrá ser menor del 10% del que recibe la Secretaría de Salud y ésta podrá aumentarlo en función de las necesidad anuales de la Unidad de Fauna Urbana.
Esta unidad creará el Centro de Atención Veterinaria, Rescate y Acogida Temporal Metropolitana que prestará servicios de esterilización, desparasitación, inmunización, atención veterinaria.
Además deberá cumplir con el rescate, acogida temporal y procesos de adopción responsable de animales que se encuentren en sus instalaciones.
Hogares de acogida temporal
Ante los casos como el del envenenamiento en el que murieron 32 perros de tres refugios, el proyecto propone que los hogares de acogida cumplan con las siguientes disposiciones:
- Disponer de espacios de cuarentena.
- Contar con áreas de recreación para los animales.
- Contar con al menos un médico veterinario externo.
- Contar con personal capacitado para el cuidado y atención diaria de los animales.
- Proveer de alimento acorde al tamaño y edad del animal.
- Llevar un registro e historias clínicas de los animales.
- Contar con procedimientos estandarizados aprobados por la Unidad de Fauna Urbana para la entrega en adopción de animales.
- Brindar permanentemente capacitación técnica a su personal, basada en las libertades del Bienestar Animal, a fin de asegurar un manejo responsable del Centro;
- Los demás temas considerados en la normativa legal vigente y el presente Título.
Centros de adopción
- Disponer de un consultorio equipado para la atención de los animales en proceso de adopción.
- Contar con áreas de recreación para los animales.
- Contar con personal profesional acreditado y capacitado para su óptimo funcionamiento.
- Contar con la dotación adecuada de alimento y líquido vital acorde a la cantidad de animales que no sobrepase la capacidad del centro del adopción.
- Contar con procedimientos estandarizados aprobados por la Unidad de Fauna Urbana para la entrega en adopción de animales.
Multas e infracciones
La propuesta plantea que las infracciones pueden ser leves, graves y muy graves, de acuerdo con el grado de afectación a los animales.
En el primer caso, la sanción será realizar trabajo comunitario por períodos de entre 100 y 240 horas; y una multa del 20% de un salario básicos.
Si una persona comete una infracción grave será castigada con servicio comunitario de 241 a 350 horas y multa de tres a siete remuneraciones básicas unificadas.
Y si existe una infracción muy grave: servicio comunitario de 351 a 500 horas, una multa económica de ocho a 15 remuneraciones básicas unificadas, el retiro del animal o la prohibición de adquirir y mantener animales de forma temporal o definitiva.
Una nueva tasa
La compra y venta de animales en criaderos autorizados tendrá un impuesto del 5%. Aunque aún se desconoce el destino de esa recaudación, se tiene previsto que sea parte del presupuesto de la Unidad de Fauna Urbana.
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