Judicatura, entre sanciones e impugnaciones de funcionarios destituidos
El fiscal Juan Carlos Izquierdo, investigado por la muerte de Naomi Arcentales, fue reubicado en una unidad administrativa, mientras que una de las fiscales del caso niños de Naranjal pidió medidas cautelares.
Reunión entre las autoridades del Consejo de la Judicatura y de la Corte Nacional, el 7 de febrero de 2022.
Twitter / @CJudicaturaEc
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El 2 de febrero, después de que María del Carmen Maldonado, expresidenta del Consejo de la Judicatura, presentó su carta de renuncia, también firmó la resolución de revocatoria de suspensión del cargo del fiscal Juan Carlos Izquierdo, investigado en el caso de femicidio de Naomi Arcentales.
La resolución la tomó, alega Maldonado, por la decisión de la Corte Constitucional de declarar inconstitucional el poder que tenía la presidenta de la Judicatura de suspender a los servidores de la Función Judicial, en casos graves y urgentes, en el ejercicio de sus funciones, por 90 días.
Bajo el artículo 269 del Código Orgánico de la Función Judicial, Maldonado, sin tener que consultar al pleno, suspendió en funciones a 16 funcionarios judiciales en sus tres años de gestión.
Entre ellos al fiscal Izquierdo, aunque el actual presidente de la Judicatura, Fausto Murillo, dijo que el Pleno del Consejo se reunirá para tomar una decisión respecto a este caso.
El constitucionalista Ismael Quintana sostiene que "cuando ella (Maldonado) renuncia a la Presidencia de la Judicatura, pierde todas las facultades que tiene, no solo como presidenta, sino también como integrante del órgano de vigilancia de la función judicial”.
A pesar de ello, la Fiscalía General del Estado dispuso “la reubicación del fiscal Juan Carlos Izquierdo a una unidad administrativa mientras continúan las investigaciones y procesos respectivos que se manejan bajo reserva”, respondió la institución a PRIMICIAS.
“No existe una norma para sancionar a un funcionario por violencia de género. Hay sobre acoso sexual para compañeros de trabajo o usuarios del sistema judicial. Este tema fue en el ámbito personal”, explica el constitucionalista André Benavides.
El Consejo destituye y los jueces restituyen
En los tres años que llevan en funciones las autoridades del actual Consejo de la Judicatura, se abrieron 1.600 expedientes contra funcionarios judiciales.
Como resultado 240 servidores fueron destituidos, 180 suspendidos y 400 recibieron algún tipo de multa, según la evaluación presentada por Maldonado.
PRIMICIAS pidió a la Judicatura datos sobre el número de funcionarios sancionados que han solicitado reintegrarse a sus cargos, pero no hubo respuesta.
El Consejo de la Judicatura, que es el órgano administrativo de la Justicia, tiene dos formas de imponer sanciones disciplinarias a funcionarios judiciales.
Una es la suspensión por tres meses, de manera excepcional y urgente. Con la resolución de la Corte Constitucional, es el pleno del Consejo de la Judicatura el que puede emitirla.
La segunda es abrir un expediente disciplinario donde existen cuatro tipo de sanciones:
- Amonestación escrita.
- Sanción pecuniaria que no exceda del diez por ciento de su remuneración mensual.
- Suspensión del cargo, sin goce de remuneración, por un plazo que no exceda de treinta días.
- Destitución.
En el caso de la destitución, debe estar motivada por una resolución judicial, que después pasa al Pleno del Consejo de la Judicatura, donde se decide por votación. Así ocurrió con los dos fiscales que conocieron el caso de los niños torturados en Naranjal.
Ambos funcionarios fueron destituidos del cargo, pero una de ellas ha solicitado medidas cautelares a otro juzgado para ser restituida.
¿Para qué está el Consejo de la Judicatura si sus decisiones pueden ser revertidas?
“¿Para qué están los jueces?", se pregunta María Josefa Coronel, directora de la Judicatura del Guayas, quien indica que el Consejo de la Judicatura no sentenció que la fiscal había cometido un error inexcusable, sino un tribunal de la Corte Provincial del Guayas.
Y en base a esa decisión, dice Coronel, el Pleno de la Judicatura la destituyó.
Pero un juez podría revertir esa decisión con una nueva sentencia y la fiscal regresaría al cargo.
“Hay funcionarios restituidos una, dos y hasta cuatro veces”.
María Josefa Coronel, directora de la Judicatura del Guayas.
Para el constitucionalista Salim Zaidán, “ese fue un error de la Corte Constitucional, en haber fallado contra la Judicatura en cuanto el error inexcusable y la manifiesta negligencia, para que requiera una calificación jurisdiccional”. Es decir, la apelación a un juez.
El Consejo de la Judicatura existe desde 1992, pero como está concebido se estableció con la Constitución de 2008.
Los expertos coinciden en la necesidad de un Consejo de la Judicatura bien estructurado, ante la intención de llamar a una consulta popular para desaparecerlo.
“Es un órgano necesario, ya pasamos por eso de tener un Consejo encargado solo de lo administrativo y los jueces actuaban de manera poco ética sin ninguna consecuencia, ahora al menos algo de temor sienten los malos elementos de la función judicial”, explica Zaidán.
Mientras que María Josefa Coronel sostiene que los jueces no deben concentrarse en aspectos administrativos de la Judicatura, sino en impartir justicia.
“No se me ocurre que el Presidente de la Corte esté para dar permiso a las juezas cuando van a dar a luz, o que esté reunido con ingenieros para ver cómo se modifican o se arreglan los edificios, o construyendo un código de ética, porque él es un juez, y está para juzgar”, dice Coronel.
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