Ecuador: 808 presos liberados durante la emergencia por Covid-19
Un grupo de 16 presos de Manabí recuperaron su libertad por cumplimiento de pena, sustitución de la prisión preventiva y por cambio de régimen.
SNAI
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Desde que comenzó la emergencia por el coronavirus en Ecuador, el 29 de febrero de 2020, unas 808 personas han sido liberadas de las cárceles.
De ellas 444 recibieron beneficiarios penitenciarios como:
- Cumplimiento integral de la pena.
- Cambio a régimen semiabierto.
- Beneficio de prelibertad.
- Sustitución de la prisión preventiva.
Además, 364 personas que estaban detenidas por apremio (deudas por pensión alimenticia) salieron con boletas de excarcelación emitidas por los jueces de las Unidades de la Familia.
El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) hace los informes de prelibertad y cambio de régimen.
Estos documentos, que contienen información como la fecha de la sentencia, del encarcelamiento y un certificado de conducta en la cárcel, son enviados a los jueces de garantías penitenciarias.
Por la emergencia, el SNAI ha duplicado la elaboración de informes.
Y el Consejo de la Judicatura dispuso que la liberación puede realizarse sin la necesidad de una audiencia. Aunque si el juez lo considera se puede instalar la diligencia a través de una videoconferencia.
La emergencia ha dado paso también a pedidos de libertad improcedentes. Tres de ellos, de presos célebres en el país, tuvieron repercusión en la última semana:
- 1
Jorge Glas
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El 27 de marzo, el SNAI indicó que para reducir el hacinamiento en las cárceles se daría paso a la prelibertad de presos vulnerables.
Asambleístas cercanos al correísmo han asegurado que en esa lista debe ser incluido el exvicepresidente Jorge Glas, quien padece varias afecciones crónicas como insomnio, gastritis e hipetensión.
Según los cercanos a Glas, él ya cumplió las dos quintas partes de su sentencia y podría acogerse a la prelibertad ya que fue juzgado con el Código Penal derogado.
Sin embargo, ese pedido no ha tenido eco.
Por el momento, al interior del SNAI no se elabora un informe para que el político se acoja al beneficio.
- 2
El Abuelo
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Royce Phillips, alias El Abuelo, quien cumple una sentencia de 25 años de cárcel, por trata de personas con fines de explotación sexual, intentó salir de la cárcel.
La defensa del condenado solicitó un habeas corpus, aduciendo que los derechos del detenido están en riesgo por ser un adulto mayor considerado vulnerable ante el coronavirus.
El lunes 27 de abril, un Tribunal de los Civil y Mercantil de la Corte de Pichincha negó el pedido.
- 3
Rasquiña
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En medio de la emergencia, Jorge Luis Zambrano, alias Rasquiña, también intentó acceder a la prelibertad.
Pero, la Fiscalía pidió el arresto del funcionario del SNAI que elaboró el informe de prelibertad y la suspensión del juez que lo estaba tramitando.
El considerado líder de Los Choneros, banda dedicada al sicariato y al narcotráfico, adujo que había cumplido el 95% de su pena por asesinato.
Pero ese porcentaje no es real ya que la sentencia original de Rasquiña es de 20 años.
El sentenciado basa su pedido en una reducción que obtuvo en 2019, aunque el juez que dictó ese fallo fue sancionado por la Judicatura por hacerlo.
¿Cómo funciona el sistema?
Cómo funcionan los beneficios, los regímenes para cumplir una pena y la fase de prelibertad. PRIMICIAS se lo explica a continuación:
En el caso de los beneficios, el cumplimiento integral de la pena se aplica cuando una persona terminó su condena. Mientras que la sustitución de medidas se usa para procesados que todavía no han sido condenados.
Cambio de régimen
Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), el sistema de rehabilitación social ecuatoriano ofrece tres tipos de régimen.
- Cerrado: es el período de cumplimiento de la pena dentro de una cárcel.
- Semiabierto: es el período en que los sentenciados siguen cumpliendo su pena pero fuera de la cárcel, con un dispositivo de vigilancia electrónica, para ello deben haber cumplido el 60% de su pena.
- Abierto: es el último período del cumplimiento de la pena. Se hace fuera de la cárcel, con supervisión del organismo carcelario. Para obtener este beneficio una persona requiere haber cumplido el 80% de su condena.
Es decir, por la emergencia se están agilizando los trámites para personas que han cumplido el 60% de la pena y pasan al régimen semiabierto, con grillete electrónico.
Unas 278 personas han dejado las cárceles bajo este beneficio durante la emergencia.
Prelibertad
La prelibertad es la fase en la que los sentenciados continúan su condena fuera de la cárcel. Esta figura existía en el anterior Código Penal, derogado en 2012; y fue reemplazada por los cambios de régimen.
En 2018, se aprobó el Instructivo para la aplicación de la Prelibertad para las personas que fueron sentenciadas con ese Código derogado.
Pueden acogerse a este beneficio quienes, además de haber sido juzgados con esa norma, cumplan tres requisitos:
- Hallarse en un centro o pabellón de mínima seguridad.
- Haber cumplido las dos quintas partes de la pena impuesta.
- Haber obtenido un informe favorable de un equipo técnico.
26 personas han obtenido la prelibertad, durante la emergencia.
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