Condena máxima por la muerte de 'Spike' sienta un precedente en Ecuador, dicen colectivos
Las organizaciones, que defienden los derechos de los animales en Ecuador, resaltaron la condena a tres años de cárcel para una mujer que provocó la muerte de 'Spike' en Quito.
Un evento sobre tenencia de animales en la Asamblea en 2021
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Organizaciones que defienden los derechos de los animales en Ecuador celebraron la primera condena máxima, impuesta por maltrato animal.
Las reacciones continúan hasta este 30 de agosto de 2023, un día después de que una mujer fuera sentenciada a tres años de cárcel (la pena máxima) por haber causado la muerte de Spike, un perro de raza husky siberiano, en noviembre de 2022 en Quito.
"En nuestro país se debe dejar de naturalizar el maltrato y la muerte de animales de fauna urbana, no es normal, no está bien y es penado por la ley", dijo Protección Animal Ecuador (PAE).
El colectivo Minimalistas Ecuador también se pronunció: "Nada nos devolverá a Spike; sin embargo, lograr que la justicia, finalmente, no discrimine por especie nos da esperanzas para alcanzar la ansiada convivencia armónica", señaló la organización.
En tanto, que la organización Rescate Animal recordó que "los animales en Ecuador ya son sujetos de derechos".
"Esta sentencia es histórica porque marca precedente para futuras querellas. Ojalá un día no sea tan complicado obtener justicia para los animales de este país".
Rescate Animal
Es la primera vez que se aplica el artículo 250.1 de la última reforma del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que data de 2019.
¿Qué dice la ley?
La norma señala que la persona que mate a un animal que forma parte de la fauna urbana será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año.
Añade que si la muerte se produce como resultado de actos de crueldad será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
Además, se impondrá el máximo de la pena si, entre otras, actúa "con ensañamiento contra el animal".
Otras reformas
En el caso de abandono de animales de compañía, que son parte de la fauna urbana, se establece una contravención sancionada con trabajo comunitario de veinte a cincuenta horas.
El abuso sexual a animales (conocido como bestialismo o zoofilia) que forman parte del ámbito de la fauna urbana también es sancionado entre seis meses y un año de cárcel.
Si como consecuencia de esta conducta, se produce la muerte del animal, será sancionada con pena privativa de libertad entre uno y tres años.
Antes de estas reformas, el maltrato a los animales no era considerado un delito, sino solamente una contravención en Ecuador. En el último lustro, se hicieron, al menos, tres reformas en esta materia desde la Asamblea.
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