Gobierno decreta que persiste el conflicto armado interno: ¿Qué medidas rigen?
Tras el fin del estado de excepción, el conflicto armado interno sigue vigente en el país. Además, las cárceles se mantienen como zonas de seguridad.
Operativos de control de las Fuerzas Armadas durante el conflicto armado interno, en Manta, el 6 de abril de 2024.
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El presidente Daniel Noboa emitió el decreto ejecutivo 218 la noche del domingo 7 de abril, en el que "reconoce la persistencia de un conflicto armado interno en el país", luego de que el estado de excepción concluyó.
Con este nuevo decreto ejecutivo, el Gobierno dispone las siguientes medidas que estarán vigentes durante el conflicto armado interno a cargo de grupos armados organizados:
- A las Fuerzas Armadas: Ejecutar operaciones militares para "prevenir y erradicar la actividad de grupos armados organizados en el territorio nacional".
- A la Policía y a las Fuerzas Armadas: Continuar con el despliegue operacional y táctico requerido para neutralizar los ataques armados, amenazas o riesgos orquestados por el crimen organizado, grupos armados organizados o terroristas.
- Asimismo, dispuso la coordinación necesaria para establecer un presupuesto plurianual respecto a la seguridad interna, sistemas de inteligencia estratégica y de contrainteligencia, entre otros.
Cárceles, zonas de seguridad
Además, el presidente Noboa declaró a las cárceles como zonas de seguridad, como ya lo hizo el pasado 7 de marzo, cuando extendió por 30 días el estado de excepción, que comenzó en enero.
Con esta disposición, los militares y policías estarán a cargo de "la seguridad intramuros y extramuros, física y procedimental" de las cárceles.
Para complementar esa disposición, el ente rector de la seguridad ciudadana debe realizar estudios para delimitar, controlar y ejecutar planes, programas y proyectos correspondientes a las zonas de seguridad en las cárceles.
Conflicto armado interno sin toque de queda
El estado de excepción decretado el 8 de enero, que duró 90 días, terminó el 6 de abril. Con ello, también finalizan las restricciones dispuestas en el decreto ejecutivo.
Es decir, finalizó el toque de queda que regía todavía en 61 cantones del país. También se suspende la inviolabilidad de correspondencia y de domicilio.
En el nuevo decreto ejecutivo de Noboa, emitido el 7 de abril, se establece que el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior podrán solicitar al Presidente la declaratoria de un estado de excepción en el caso de requerir que se suspendan o limiten derechos fundamentales.
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