CPCCS: la institución incómoda que nadie logra eliminar
El referendo planteado por el presidente Guillermo Lasso busca cambiar, por segunda ocasión, la manera de seleccionar los vocales del CPCCS. Esa modificación no garantiza que la selección de autoridades funcione mejor.
Los cuatro vocales destuidos por la Asamblea retomaron sus cargos tras resolución judicial. Quito, 23 de noviembre de 2022
Twitter: @panchogarces
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El referendo que impulsa el Gobierno Nacional tiene dos preguntas respecto al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). Las dos tienen el objetivo de cambiar el funcionamiento de esta institución, que ha estado rodeada de polémica desde su nacimiento.
El Consejo de Participación nació con la Constitución de 2008. Fue pensado como una institución que canalizaría la participación ciudadana, y por ello se le otorgó su principal función: la designación de autoridades de control, como el contralor, el procurador y otros.
Hasta entonces, esa tarea estaba en manos del Congreso.
Pero los problemas comenzaron de inmediato. Los seleccionados para el primer CPCCS (por concurso de oposición y méritos) fueron personas cercanas al gobierno de entonces, de Rafael Correa.
Esto derivó en que los seleccionados para dirigir las entidades de control también lo eran.
14 años después de la aprobación de la Constitución, el CPCCS se ha convertido en un problema constante. A pesar de los cambios en su funcionamiento, no ha logrado superar sus dificultades, sino que estas han ido modificándose también.
Sin embargo, eliminar a la institución es casi imposible.
Según las sentencias de la Corte Constitucional sobre las distintas propuestas de reformas al Consejo de Participación, sería necesaria una Asamblea Constituyente para hacerlo. Por ello, a pesar de que Guillermo Lasso ofreció eliminarlo, la propuesta final se quedó en modificarlo.
¿El problema son los miembros?
El CPCCS ha tenido, hasta ahora, dos formas de selección de sus miembros. De aprobarse el referendo del Gobierno, será la tercera que se probaría para esta institución.
Cuando el CNE fue creado, en 2008, se determinó que sus siete miembros serían designados por un concurso de méritos y oposición.
Quien se encargaba de este proceso era el Consejo Nacional Electoral: el primer concurso fue en el tiempo de Omar Simon, y el segundo en el tiempo de Juan Pablo Pozo.
El fruto de ambos concursos fue una mayoría correísta en el Consejo. Ese fue el argumento para que, en 2018, el entonces presidente, Lenín Moreno, propusiera una consulta popular para cambiar el método de designación.
Los primeros vocales fueron seleccionados por votación universal en 2019, y en las elecciones de febrero próximo se votará para los siete nuevos, que estarán en el cargo cuatro años.
Pero el problema en los integrantes persiste. De los siete más votados, posesionados en 2019, cinco fueron destituidos en dos juicios políticos, y los que actualmente están en el cargo viven una pugna interna que lleva ya casi un año.
Ahora, el Gobierno busca cambiar nuevamente la forma de designación de los vocales. Pero esto recién se aplicaría en 2027, cuando los que sean electos en 2023 terminen su período.
La propuesta de Lasso para el CPCCS
El referendo contendrá dos preguntas sobre el CPCCS.
La primera busca quitarle a esta institución su principal tarea, la designación de autoridades, y pasarla a manos de la Asamblea.
La segunda se enfoca en los miembros del Consejo. La propuesta es eliminar las elecciones por sufragio universal de los consejeros.
En su lugar, propone que estos funcionarios sean elegidos en la Asamblea con el voto de la mayoría absoluta (la mitad más uno de los asambleístas), de entre una lista de 20 candidatos remitidos por una comisión técnica de selección.
Esta comisión técnica estará integrada por un delegado de cada función del Estado, dos ciudadanos y dos representantes de las universidades. Esta comisión se encargará de "valorar a los postulantes bajo principios de meritocracia y especialidad". También habrá un espacio para impugnación ciudadana.
Tras la evaluación, la comisión debe enviar al Pleno una lista con la prelación de los candidatos. Los legisladores no pueden modificar este orden. Con esta base, el Pleno deberá posesionar a los consejeros principales y suplentes.
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