Quito prohíbe la circulación de motos con dos o más personas
Las personas que incumplan la normativa serán sancionadas con la multa que establezca el COIP. Hay excepciones que permiten la circulación de dos personas en una misma moto en Quito.
Agentes de tránsito durante un operativo de control a motocicletas, el 28 de septiembre de 2023 en Quito.
AMT
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El Concejo Metropolitano de Quito aprobó, el 9 de julio de 2024, la ordenanza con la que se prohíbe la circulación de dos o más personas en una moto.
La normativa fue aprobada con 12 votos a favor, uno en contra y cinco abstenciones.
Según el documento, quienes infrinjan esta ordenanza recibirán una multa equivalente a lo que establezca el Código Integral Pena.
Actualmente, ese cuerpo legal dice que la sanción es del 15% del salario básico urbano. Aunque no contempla la retención del vehículo por considerar que se trataría de una doble sanción para los infractores.
La normativa, presentada por el concejal Bernardo Abad, también establece siete excepciones que permiten que dos personas se movilicen en una misma moto:
- Cónyuge o conviviente en unión de hecho del conductor, debidamente inscrita en el Registro Civil.
- Hijos o hermanos del conductor.
- Personas con discapacidad.
- Adultos mayores.
- Mujeres.
- Personas menores de 12 años.
- Servidores públicos que, en el cumplimiento de sus funciones, circulen en motocicletas institucionales.
El concejal Diego Garrido criticó que entre las excepciones se permita que dos mujeres puedan circulan en una misma moto, pues considera que "se esta normando de una manera discrecional".
También dijo que la ordenanza está obligando a que las personas legalicen su relación sentimental para que sean parte de las excepciones.
"Nos estamos metiendo en la vida privada de las personas", agregó.
Abad señaló que uno de los objetivos principales del documento apunta a reducir el número de delitos que se comenten en la ciudad a bordo de motos.
Además, dijo que la ordenanza ratifica la resolución que expidió la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) en 2022, en la que faculta a los municipios a establecer una normativa que prohíba la circulación de dos o más personas en una moto
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