Una sentencia del TCE obligará a los movimientos a convertirse en partidos
Un ciudadano deposita su voto en las elecciones para juta parroquial de Sansahuari, en Sucumbíos, el 25 de agosto de 2019.
CNE
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Desde 2009, cuando entró en vigencia el Código de la Democracia, existen cuatro movimientos políticos que cumplen con los requisitos para recibir fondo partidario.
Pero estos no cumplen con las obligaciones que implicarían dejar de ser movimiento y convertirse en partido, como señala esa norma.
Pero una década después, una sentencia del Tribunal Contencioso Electoral emitida en marzo de 2020 obligará cumplir esta parte de la ley.
El Código de la Democracia establece que los movimientos nacionales que obtengan el 5% de los votos en dos elecciones adquieren los mismos derechos, pero también las mismas obligaciones que los partidos políticos.
El principal derecho es recibir el fondo partidario, dinero del Estado para su funcionamiento.
Cuatro movimientos reciben este dinero: Pachakutik, Creo, SUMA y Alianza PAIS. El problema es que no cumplen con las obligaciones de los partidos.
En el siguiente video, PRIMICIAS explica cuáles son esas obligaciones y qué es lo que dice la ley:
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