El CNE convoca a elecciones nacionales el 7 de febrero de 2021
La presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atanamaint, durante la convocatoria a las elecciones de 2021, la noche del 17 de septiembre de 2020.
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El Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó a las elecciones presidenciales y legislativas, por cadena nacional la noche de este 17 de septiembre de 2020. Con este trámite, el proceso electoral de 2021 inicia oficialmente.
La convocatoria llama a todos los ciudadanos ecuatorianos mayores de 18 años y menores a 65 años a votar obligatoriamente el 7 de febrero de 2021. Se escogerán las siguientes dignidades:
El voto será facultativo para los ciudadanos de entre 16 y 18 años, los mayores de 65, los ecuatorianos que residen en el exterior y las personas con discapacidad.
Los períodos que ejercerán las autoridades que resulten electas en los comicios de 2021:
- El presidente y vicepresidente de la República, del 24 de mayo de 2021 al 23 de mayo de 2025.
- Los 137 asambleístas, del 14 de mayo de 2021 al 13 de mayo de 2025.
- Los representantes al Parlamento Andino, del 19 de mayo de 2021 hasta el 18 de mayo de 2025.
El texto de la convocatoria ratifica que la jornada de sufragio será de 07:00 a 17:00, descartando una ampliación del horario. Para votar, los ciudadanos deben portar su cédula de identidad y asistir al recinto en el que estén empadronados. Puede consultar su lugar de votación aquí.
La convocatoria también recuerda que quienes sean escogidos miembros de juntas receptoras del voto y no asistan serán multados. También hay multa si abandonan sus funciones, le niegan el voto a una persona, o no asisten a la capacitación.
La convocatoria asimismo establece los límites del gasto electoral que los candidatos pueden hacer en la campaña, que comienza el 31 de diciembre. El binomio presidencial podrá gastar hasta USD 5,2 millones.
Desde el 18 de septiembre de 2020, las organizaciones políticas pueden comenzar a inscribir a sus candidatos. Pueden hacerlo hasta las 18:00 del 7 de octubre.
Regulaciones para la publicidad oficial
Desde su inscripción, los candidatos no podrán participar en eventos de inauguración de obras u otros financiados con fondos públicos.
Además, todas las instituciones públicas están prohibidas de difundir publicidad a través de radio, televisión, medios digitales, vallas publicitarias, prensa escrita u otros medios impresos, salvo las excepciones previstas en esta ley.
Queda también prohibida la exposición en espacios audiovisuales que impliquen la utilización de recursos públicos, de la imagen, voz, y nombres de personas que se encuentren inscritas como candidatos.
Revise la convocatoria completa aquí.
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