Sobornos: Corte inadmite recurso de Alexis Mera y su sentencia sigue en firme
La Corte Nacional (CNJ) no revisará la sentencia del caso Sobornos, conforme el pedido de Alexis Mera, exsecretario Jurídico de la Presidencia.
El exsecretario de la Presidencia, Alexis Mera, a su salida de la Policía Judicial antes de partir hacia Latacunga, el 24 de septiembre de 2020.
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A través de una providencia del 25 de abril de 2022, los jueces Adrián Rojas, Byron Guillén y Luis Rivera inadmitieron el recurso de revisión a la sentencia del caso Sobornos 2012-2016 que había presentado Alexis Mera.
El exfuncionario del Gobierno de Rafael Correa buscaba que se anule el fallo. Su pedido de revisión se basó en una causal establecida en el Código Orgánico Integral Penal (COIP): cuando la sentencia ha sido dictada en consecuencia de una prueba documental o testimonial falsa, fundamentada en informes periciales maliciosos y/o errados.
Por ejemplo, Mera recordó que su condena se basó en el testimonio de Pedro Espinosa, un excolaborador suyo en la Presidencia. Espinosa declaró en el juicio que entregó sobres que, supuestamente, contenían el dinero de los sobornos al propio Mera, en su despacho del Palacio de Carondelet.
Pero, según los jueces, el sentenciado no presentó argumentos que sostengan la supuesta falsedad de esta declaración.
Mera también buscaba presentar una prueba nueva. Específicamente, los testimonios de Vicente Peralate y Justine García, también excolaboradores suyos y quienes estaban dispuestos a desmentir a Espinosa. En este caso, también los jueces señalan falta de argumentación.
(...) el escrito de interposición del recurso de revisión al no hallarse fundamentado, ni contener la petición o inclusión de nuevas pruebas en los términos que exige la ley; trae como consecuencia su inadmisibilidad, (...)".
Tribunal de la Corte Nacional
Mera fue sentenciado a ocho años de prisión. Está detenido desde el 24 de septiembre de 2020. El Tribunal de la Corte Nacional de Justicia aclaró en su fallo que puede volver a presentar el recurso de revisión, pero por otras causales.
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