¿Qué viene después de la sentencia en el caso Sobornos?
Los jueces Iván Saquicela, Iván León y Marco Rodríguez durante el juicio del caso Sobornos 2012-2016.
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En medio de la emergencia sanitaria por el coronavirus, que tiene al país semiparalizado, la Corte Nacional de Justicia sorprendió con la convocatoria a una audiencia para la lectura de la sentencia en el caso Sobornos 2012-2016.
Los jueces Iván León, Marco Rodríguez e Iván Saquicela se tomaron 33 días para analizar las pruebas documentales y testimoniales y los alegatos iniciales y finales de las partes.
A las 10:00 de este martes 7 de abril de 2020, los magistrados deben leer su sentencia oral, que puede manifestarse en dos sentidos:
- Declarar culpables a uno o varios de los 21 procesados, según la solicitud de la Fiscalía General del Estado.
- Ratificar la inocencia de uno o varios de los procesados, según lo solicitado por los abogados defensores.
Pero, esta sentencia no es el punto final del proceso. Además, hay varios plazos e instancias más, que están complicadas de cumplirse por la emergencia sanitaria.
Plazos suspendidos
La Corte Nacional y el Consejo del Judicatura, tras la declaratoria de emergencia, emitieron resoluciones sobre el funcionamiento de los órganos de justicia.
El 17 de marzo, el Pleno de la Judicatura emitió la resolución 31. En esta se suspende la jornada laboral de todos los servidores judiciales.
Se exceptúa a las unidades judiciales de flagrancia penal, violencia contra la mujer y familia, tránsito, adolescentes infractores y las multicompetentes.
Por otra parte, la resolución puntualiza que en la Corte Nacional:
- La Presidenta y los jueces de la Corte Nacional podrán disponer actuaciones que consideren necesarias en indispensables.
- Las resoluciones de la Corte Nacional sobre suspensión de plazos y términos se observarán para todos los procesos judiciales.
Dudas sobre el proceso de apelación
Ante este escenario de cambios, Gustavo García, abogado de Ramiro Galarza (empresario procesado en el Caso Sobornos), considera que más allá de la lectura de la sentencia hay ciertas dudas.
La principal es desde cuando correrán los plazos para una eventual apelación, si los plazos están suspendidos.
El penalista Pablo Encalada explica que una vez leída la sentencia, los abogados pueden solicitar la suspensión condicional de la pena, en el caso de que esta cumpla las condiciones legales.
Luego, según Encalada, los jueces deberán notificar por escrito la sentencia y desde ese momento correrán los plazos para apelaciones.
Aunque, él también está extrañado por la premura con la que se ha convocado a esta audiencia, en medio de una emergencia mundial.
En su caso, que tiene más de 100 casos como abogado en libre ejercicio, no ha sido notificado con audiencias de ninguno.
Sin embargo, la Corte Nacional ha aclarado que sus jueces han seguido trabajando de manera normal vía telématica. Por ejemplo, la semana pasada se notificaron por escrito las sentencias contra el asambleísta Yofre Poma y el juez Aurelio Quito.
Instancias restantes
Con la lectura de la sentencia oral, concluirá la etapa de de juicio del caso Sobornos 2012-2016. Luego los magistrados tendrán 10 días para notificar la sentencia por escrito.
Desde esta notificación empezarán a correr los plazos para los tres recursos que los procesados pueden presentar, para evitar que se ejecute una sentencia condenatoria.
Tres días después de la notificación, podrán presentar un recurso de nulidad por tres razones.
- Porque uno de los jueces no tenía competencia.
- Porque la sentencia no cumple con los requisitos legales.
- Porque no se cumplió e debido proceso.
Una vez sustanciado el recurso de nulidad, las partes podrán apelar. La apelación deberá ser sustanciada por un Tribunal diferente, de la misma Corte Nacional.
Finalmente, tres días después de solucionada la apelación, los sentenciados podrían solicitar una casación ante otro Tribunal de la misma Corte.
Si se niegan estos tres recursos, los eventuales sentenciados deberán cumplir su pena en las cárceles del país, dependiendo de la decisión de los jueces.
Y en el caso de políticos como el expresidente Rafael Correa, no podrán inscribirse para las elecciones presidenciales y legislativas previstas para febrero de 2021.
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