Reformas a la Ley de Tránsito ignoran al Metro de Quito y al Tranvía de Cuenca
Dos sistemas de transporte que modificarán radicalmente la movilidad en ambas ciudades no han sido tomados en cuenta en el Proyecto de Reformas a la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, que debatirá la Asamblea Nacional el martes 2 de junio de 2019. Las tricimotos, mototaxis y triciclos sí están regulados en el proyecto.
Uno de los vagones del Metro de Quito y uno de los trenes del Tranvía de Cuenca.
Metro de Quito, Tranvía de Cuenca
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Ni el tipo de licencia que portarán los conductores que operarán el Metro de Quito y el Tranvía de Cuenca ni las sanciones por infracciones, contravenciones y delitos de tránsito ni las condiciones de seguridad que deberán tener esos vehículos constan en el referido proyecto.
Fafo Gavilánez, actual presidente de la Comisión Ocasional que durante ocho meses recogió propuestas de los sectores involucrados en el tema de tránsito, dijo a PRIMICIAS que los sistemas del Metro de Quito y del Tranvía de Cuenca deben tener una categoría especial.
"Hay que poner ciertas condiciones para otorgar una licencia especial a sus conductores", dijo Gavilánez a PRIMICIAS. Sin embargo, el asunto no consta en el proyecto a ser debatido por el pleno este 2 de julio de 2019.
El asambleísta señaló que la Ley debe contener condiciones específicas que identifiquen velocidades, tiempos, tipos de licencia de conducir, entre otros aspectos.
Los parámetros deben estar definidos previo al otorgamiento de los permisos de operación, agregó.
Con ese fin, la Comisión tiene previsto convocar al director de Seguridad Vial del Municipio de Quito, Guillermo Abad, quien deberá informar sobre los parámetros del Metro, igualmente respecto a legislación comparada con otros países.
En cuanto al Tranvía de Cuenca, sus personeros ni siquiera han sido convocados a la Comisión Ocasional. Esto, a pesar que hace tiempo enviaron al Ejecutivo un conjunto de propuestas sobre la operación de ese sistema, señalaron fuentes del Tranvía.
Este lunes 1 de julio de 2019, el alcalde de Cuenca, Pedro Palacios, tenía previsto firmar con el Sindicato de Choferes de Baños (Azuay) un convenio para capacitar 33 conductores del Tranvía.
A diferencia del Metro de Quito y el Tranvía de Cuenca que aún no han sido tomados en cuenta en la normativa del proyecto, la normativa sí incluye varias regulaciones para la operación de los denominados tricimotos, mototaxis o triciclos.
Claves de la reforma a la Ley de Tránsito
- 1
Educación Vial
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Desde el primer año de educación básica hasta el tercero de Bachillerato, se impartirá educación vial en establecimientos públicos y privados. La malla curricular estará a cargo del Ministerio de Educación.
- 2
Ministerio del Interior entre los órganos del Transporte
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El Ministerio del Interior se suma como órgano del Transporte Terrestre, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, y los Gobiernos Autónomos Descentralizados regionales, metropolitanos y municipales.
- 3
Agencia Nacional de Tránsito con nuevos actores
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El ministro del Interior, a través de su delegado, que será el director de Control de Tránsito de la Policía Nacional; el presidente del Consejo Consultivo y un representante de la Asociación de Municipalidades se incorporan al Directorio de la Agencia Nacional de Tránsito.
- 4
Sanciones a operadoras
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Entre las sanciones a las operadores infractoras constan: suspensión provisional de título habilitante, suspensión temporal de la unidad, revisión técnica vehicular de unidades prestadoras del servicio y una nueva evaluación a los conductores.
- 5
Licencia tipo B previo curso de capacitación
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Para la obtención de licencia, tipo B (no profesional), por primera vez, los aspirantes deberán aprobar un curso de capacitación a cargo de las escuelas y organismos debidamente autorizados por la ANT.
- 6
Matrícula vehicular durará cinco años
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La matrícula tendrá una duración de cinco años. Cada año se cancelarán los valores asociados a la matriculación vehicular y multas. Los pagos serán de acuerdo con el último dígito de la placa del vehículo.
- 7
Tricimotos, mototaxis y triciclos
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Estos vehículos podrán prestar servicio en lugares donde sea seguro y posible su trabajo. Tendrán que sujetarse a las ordenanzas y normas de circulación determinadas por los Gobiernos Autónomos Descentralizados.
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