Este es el proceso para el juicio político contra el presidente Lasso
El CAL sesionará a las 19:45, en el primer filtro que deberá pasar la solicitud de juicio político contra el presidente Guillermo Lasso. La mayoría legislativa acusa al Mandatario de haber incurrido en el artículo 129 de la Constitución.
El presidente Guillermo Lasso, en rueda de prensa este 1 de marzo de 2023 desde Costa Rica.
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Finalmente, la Asamblea inició el proceso de juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso. Tras varias semanas en diálogos y análisis, la solicitud ingresó la noche de este 16 de marzo de 2023, con el apoyo de la bancada correísta UNES, el Partido Social Cristiano (PSC) y parte de las fraccionadas Pachakutik e Izquierda Democrática.
El principal insumo para este pedido de juicio político fue el informe de la comisión del caso Encuentro, que concluyó que Lasso tendría responsabilidad política en una trama de corrupción en las empresas públicas. Este fue aprobado por el Pleno el pasado 4 de marzo.
Esta solicitud presentada incluyó la formulación por escrito de los cargos atribuidos al Presidente y anunció las pruebas que se adjuntarán. Específicamente, acusan al presidente de haber incurrido en la causal 2 del artículo 129 de la Constitución, que dice:
La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político de la Presidenta o Presidente, o de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en los siguientes casos:
2. Por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito.
Según el trámite previsto en la Ley, el primer filtro es el Consejo de la Administración Legislativa (CAL), que debe verificar que la solicitud cumpla los requisitos. El CAL está convocado para este 17 de marzo de 2023, a las 19:45.
La Corte Constitucional: el segundo filtro
Si supera esta revisión, este organismo deberá remitir la solicitud a la Corte Constitucional, para que emita el dictamen previo de admisibilidad. Esta tiene seis días para resolver.
La Corte Constitucional debe revisar tres puntos:
- Si la solicitud ha sido propuesta de conformidad con la Constitución.
- Si en la solicitud se singulariza la infracción que se le imputa y si, por la tipificación jurídica que se hace en la solicitud, ella cabe en el tipo de infracciones previstas como causales del juicio político.
- Si en consecuencia procede o no iniciar el juicio político.
Si la Corte emite un dictamen en contra del juicio político, el caso quedará archivado. Pero si emite un dictamen de admisibilidad, el presidente de la Asamblea tiene tres días para ponerlo nuevamente en conocimiento del CAL.
El trámite pasa a Fiscalización
Si el pedido de juicio político contra el presidente pasa los filtros del CAL y la Corte Constitucional, el CAL debe enviar el trámite a la Comisión de Fiscalización.
Esa mesa legislativa tiene un plazo de hasta 30 días para presentar su informe, que deberá recomendar o no el enjuiciamiento político en el Pleno:
- 10 días para que el Presidente ejerza el derecho a la defensa.
- 10 días para la actuación de pruebas.
- 10 días más para la elaboración del informe.
Con el informe, el presidente de la Asamblea tiene hasta cinco días para convocar al Pleno para el enjuiciamiento político al Primer Mandatario.
En esa sesión, el asambleísta que haya hecho la solicitud de juicio político contra el Presidente tendrá dos horas para su interpelación. Mientras que Lasso tendría tres horas para su defensa. Luego, cada parte podrá replicar por un tiempo máximo de una hora.
Después de eso, comienza el debate en el Pleno, en el que pueden intervenir todos los 137 asambleístas y exponer sus razonamientos por un tiempo máximo de 10 minutos.
Para la aprobación de la moción de censura al Presidente, se requiere el voto de la mayoría calificada de los integrantes de la Asamblea Nacional, es decir 92 votos. Según Viviana Veloz (UNES), una de las interpelantes a Lasso, sí hay estos votos.
Las causales para juicio político
Según el artículo 129 de la Constitución, el juicio político en contra del Presidente de la República se puede llevar adelante por tres causales:
- Por delitos contra la seguridad del Estado.
- Por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito.
- Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por razones políticas o de conciencia.
Lasso está acusada de la segunda, específicamente de los delitos de concusión y peculado. La solicitud dice que el Presidente tiene “responsabilidad política” por los delitos de concusión y peculado "en los términos propios de un juicio político (…), por lo que se debe proceder con su censura y posterior destitución".
Nota actualizada el 17 de marzo de 2023 después de la presentación de la solicitud de juicio político contra Lasso.
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