Reforma pone plazos y nuevas reglas para juicios políticos en la Asamblea
La ministra de Gobierno, María Paula Romo, a su ingreso a la Comisión de Fiscalización, el 2 de diciembre de 2019.
PRIMICIAS
Autor:
Actualizada:
Compartir:
Las reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa aprobadas por la Asamblea son el tercer intento de esta institución de regular su propio funcionamiento. Por ello, el texto incluye reformas al trámite de los juicios políticos, para hacerlo más rápido y cubrir vacíos legales.
El principal cambio es que todos los juicios políticos pasarán al Pleno de la Asamblea para su decisión. Con esto, se evitaría que haya procesos que queden "en el limbo", sin alcanzar los votos suficientes para pasar al Pleno y sin poder ser archivados.
La normativa aún no entra en vigencia, pues espera el veto del presidente Lenín Moreno. Sin embargo, en la Asamblea esperan que no haya un veto total a la iniciativa, como ya ha sucedido en la últimas dos ocasiones.
Dependiendo de los tiempos con los que jueguen el Ejecutivo y el Legislativo, las reformas a esta Ley podrían entrar en vigencia en menos de un mes.
Con esto, los juicios políticos a la ministra de Gobierno, María Paula Romo, y al ministro de Finanzas, Richard Martínez, podrían tramitarse con las nuevas reglas.
Estos comenzarán a tramitarse una vez que finalice el proceso de fiscalización contra Christian Cruz, presidente del Consejo de Participación Ciudadana, que se debatirá en el Pleno el martes 13 de octubre de 2020.
Pero todo depende de la agilidad o demora en el veto. En las últimas ocasiones, el presidente Lenín Moreno ha esperado a último momento para enviar sus objeciones.
Los tiempos, por tanto, pueden jugar a favor o en contra de los dos ministros claves del Régimen. La reestructurada Comisión de Fiscalización no tiene una posición contraria al Gobierno, pero en el Pleno el rechazo a Romo y Martínez es más fuerte.
No más juicios atrapados sin solución
Durante el actual período legislativo la Comisión de Fiscalización tuvo que integrarse en tres ocasiones y en todas se encontró con un problema: cuando no hubo votos suficientes para que un juicio político pase al Pleno, el proceso quedó enterrado sin solución.
La Ley actual no contempla la posibilidad de archivar un proceso de fiscalización en la Comisión. Por eso, los juicios políticos que no alcanzan los votos se quedan en la mesa legislativa sin solución.
Esto pasó en el caso de la presidenta del CNE, Diana Atamaint, o en el caso de la ministra de Gobierno, María Paula Romo.
Por esa razón, la reforma contempla la obligatoriedad de que todos los procesos de fiscalización pasen al Pleno. La Comisión deberá elaborar un informe con sus conclusiones, en el que recomiende el archivo del trámite o el enjuiciamiento político.
En el Pleno, hay tres opciones:
- Si el informe recomienda el archivo de la solicitud de juicio político, el Pleno puede:
- Acoger y ratificar el informe, con mayoría simple (mitad más uno de los presentes).
- No acoger el informe y resolver motivadamente el juicio político, con el voto de la mayoría absoluta (mitad más uno de los 137 asambleístas).
- Si el informe de la Comisión recomienda el juicio político, se procederá con el trámite, que puede absolver o censurar y destituir al funcionario.
- Si la Comisión no logra aprobar el informe con recomendaciones, el Pleno de la Asamblea Nacional podrá resolver el archivo del trámite o el juicio político, con el voto de mayoría simple.
Plazos ágiles para el juicio político
Uno de los principales problemas de la Asamblea es que el inicio del trámite de las peticiones de juicios políticos están a la voluntad de la Presidencia.
Esto causó que los procesos de fiscalización contra Romo y Martínez demoraran meses sin pasar el primer paso: la aprobación en el Consejo de la Administración Legislativa.
Por eso, la reforma establece plazos claros, que agilicen ese trámite:
- Una vez presentada la solicitud, el Presidente de la Asamblea tiene cinco días para ponerla en conocimiento del Consejo de la Administración Legislativa (CAL).
- Este organismo, a su vez, tiene 10 días para verificar los requisitos y calificarla.
- Después, en tres días debe pasar a la Comisión de Fiscalización, y esta tiene cinco días para poner la solicitud en conocimiento de todos sus miembros.
- En cinco días más, la Comisión debe avocar conocimiento, con lo que se notifica a la persona investigada del inicio del proceso de fiscalización.
- La recepción de pruebas y descargos durará 25 días, y en cinco más, la Comisión debe aprobar el informe con sus conclusiones.
- El Presidente de la Asamblea, entonces, tiene cinco días para incluirlo en el orden del día del Pleno.
Con estos plazos, todo el trámite de un juicio político debería tardar alrededor de dos meses desde que el asambleísta proponente presenta su solicitud.
Además, las reformas establecen que la Comisión de Fiscalización no puede tramitar dos pedidos de juicio político al mismo tiempo. Por ello, en el caso de que el CAL apruebe una segunda solicitud, los plazos para esta correrán al finalizar el trámite anterior.
Nueva sanción con la censura
La reforma a la Ley también propone una sanción para los exfuncionarios censurados en un juicio político: la prohibición de ejercer cualquier cargo público durante dos años.
Actualmente, la censura de ministros u otros servidores que ya no están en el cargo no produce ningún efecto práctico. Eso ocurrió, por ejemplo, con la exministra de Salud, Verónica Espinosa.
Esto se aplicaría, por ejemplo, en el caso de que los ministros Romo o Martínez presenten su renuncia antes de la resolución de los juicios políticos.
También le puede interesar:
Tercer intento de reforma a la Ley de la Función Legislativa, aprobado
La Asamblea aprobó las reformas al Código Orgánico de la Función Legislativa, con 116 votos a favor. Las reformas buscan fortalecer la fiscalización.
Compartir: