¿Cómo justificar no haber votado en la consulta popular? El CNE da cinco alternativas
La multa por no sufragar el 21 de abril es del 10% del Salario Básico Unificado. Se deberán presentar todos los certificados para justificar la falta.
El 21 de abril los ecuatorianos acudieron a las urnas para la consulta popular convocada por el presidente Daniel Noboa.
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Quienes no votaron el pasado 21 de abril en la consulta popular convocada por el presidente Daniel Noboa están a tiempo de justificar su ausencia ante el Consejo Nacional Electoral (CNE).
La multa por no sufragar en ese proceso corresponde al 10% del Salario Básico Unificado (SBU), eso es USD 46 con el salario vigente para 2024.
Este 3 de junio, el organismo electoral hizo públicas las razones por las que una persona podría evitar la multa para obtener el certificado de votación, documento que aún es requerido para algunos trámites.
Son cinco los posibles alegatos que se pueden argumentar ante el CNE o alguna de sus delegaciones:
- Por mandato legal: es decir, aquellas personas que, por ejemplo, tienen sentencia ejecutoriada al momento de la votación.
- Por motivo de salud o por impedimento físico: deben ser comprobados con el certificado de un facultativo médico del Sistema Nacional de Salud Público o Privado.
- Por calamidad doméstica grave: que haya ocurrido el día mismo de las elecciones o hasta ocho días antes de los comicios.
- Por viaje: aquellas personas que hayan estado fuera del país o que arribaron el mismo día de las elecciones.
- Por voto facultativo: las personas entre 16 y 18 años, los mayores a 65, residentes en el exterior, los integrantes de Fuerzas Armadas y Policía en servicio activo, personas con discapacidad y personas analfabetas.
Las personas podrán presentar los documentos que justifiquen su ausencia en las delegaciones electorales provinciales, señala el Código de la Democracia.
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