Corte Nacional pide a justicia peruana reconsiderar negación de extradición de Ramiro González
La decisión se tomó el 19 de diciembre y se notificó el 30 de diciembre de 2019. La Corte Suprema de Justicia de Perú declaró improcedente el pedido de extradición de Ramiro González.
Archivo. En abril de 2019, Ramiro González fue detenido en Lima, Perú.
Policía Perú
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Nota actualizada a las 17:54 con la respuesta de la Corte Nacional ecuatoriana.
El caso fue tratado en la Sala Penal Permanente de la Corte Peruana. En la decisión se explica que la imputación contra Ramiro González "resulta genérica".
González es requerido en Ecuador, por la Unidad Penal de Quito, por el delito de tráfico de influencias, asociado a un caso de corrupción en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), del cual fue presidente del Consejo Directivo.
Sin embargo, la justicia peruana indicó que no se ha podido establecer una causa probable necesaria en el contexto del Tratado de Extradición suscrito entre Ecuador y Perú.
De esta manera, la justicia peruana declaró improcedente el pedido y dejó sin efecto las medidas de aseguramiento que tenía González en ese país.
Detención en Perú
El 9 de abril de 2019, González fue detenido en el distrito de Miraflores, en Lima (Perú). Su detención se hizo por una orden de notificación roja de la Interpol, que había sido generada por las autoridades ecuatorianas.
El 10 de abril, se dispuso su prisión preventiva con fines de extradición.
El 17 de junio de 2019, en cambio, la Corte Suprema de Perú decidió liberar a González y suspender el trámite de extradición, hasta que se conociera el resultado de la solicitud de refugio que el imputado había hecho en ese país.
El 28 de noviembre de 2019, finalmente, la Comisión Especial de Refugiados de la Cancillería peruana confirmó la decisión de no reconocer a González como refugiado.
Con esta decisión, el análisis de la extradición se reactivó.
Pero, la justicia peruana consideró improcedente el pedido de extradición. Argumentó, por ejemplo, que la defensa de González asegura que el caso empezó luego de que los hechos a juzgar prescribieron.
Respuesta ecuatoriana
Tras conocerse la decisión de la justicia peruana, la Corte Nacional de Justicia (CNJ) de Ecuador reaccionó.
El organismo indicó que la resolución peruana se sustenta en elementos ajenos al Tratado de Extradición, que mantienen vigente las dos naciones.
Esto porque la justicia peruana analizó los elementos de convicción de la causa penal ecuatoriana, lo que está fuera del margen del Tratado.
Por esta razón, este lunes 6 de enero, Paulina Aguirre, presidenta de la CNJ, envió un recurso de reconsideración a través del canal diplomático correspondiente, recalcando que la solicitud formal de extradición cumple con todos los requisitos.
Aquí puede revisar la decisión de la justicia peruana y la respuesta ecuatoriana (PDF):
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