Jueces deberán decidir si Salcedo y otros candidatos con prisión preventiva quedan libres
Daniel Salcedo, investigado por la Fiscalía por el presunto delito de peculado en el hospital de Ceibos, sufrió un accidente de avioneta, el 8 de junio.
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Daniel Salcedo cumple prisión preventiva por su vinculación a los casos de corrupción en hospitales del IESS de Guayaquil y por su intento de fugar del país en una avioneta que se estrelló.
Sin embargo, es candidato a la Asamblea Nacional. El partido de su amigo y prófugo de la justicia, Abdalá Bucaram Pulley, Fuerza Ecuador (FE) lo auspicia como cabeza de lista por el distrito 1 de Guayas.
Así como también auspicia al expresidente Abdalá Bucaram Ortiz, como cabeza de la lista nacional de asambleístas, aunque también está procesado penalmente.
El estar procesado penalmente no es un impedimento para participar en las elecciones y ser candidato. Si Salcedo cumple con los requisitos su candidatura deberá ser calificada por la Junta Provincial Electoral.
Solo una vez que sea calificado será oficialmente candidato para las elecciones legislativas de febrero de 2021. Y el artículo 108 del Código de la Democracia establece que desde ese momento los candidatos no podrán ser privados de la libertad ni procesados penalmente, hasta la proclamación de resultados.
Proclamados los resultados podrán activarse procesos penales contra ellos, y solo el candidato o candidatos ganadores gozarán de fuero de Corte Nacional o Provincial según corresponda.
Código de la Democracia, artículo 108
Y Salcedo no es el único con procesos penales en curso. Pero sí es el único conocido que guarda prisión preventiva. Por lo cual sus abogados podrían solicitar que la medida se revierta hasta la proclamación de resultados.
Esta interpretación de la ley es errónea a ojos del penalista Pablo Encalada. El abogado sostiene que el espíritu de la ley era prevenir que la justicia se utilice políticamente para perseguir candidatos. No para que los procesados previamente evadan la justicia.
El jurista lamenta que los jueces en el país hayan dado paso a este tipo de acciones anteriormente. Pero sostiene que eso no implica que se deba seguir haciéndolo, ya que la normativa aplica solo a partir de la calificación de la candidatura, no para procesos previos en curso.
Sin embargo, Encalada advierte que la decisión final, si se califica la candidatura de Salcedo, quedará en manos del juez que lleva el caso, ya que solo él puede decidir si la prisión preventiva se suspende hasta que los resultados electorales sean oficializados.
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