Incendio en la Contraloría: Superintendencia ratifica orden de pago
Seguros La Unión agotó todos los recursos administrativos para detener el pago. La aseguradora debe pagar USD 13 millones a la Contraloría por los daños que sufrió el edificio, durante el paro de octubre de 2019.
Recorrido por las instalaciones incendiadas de la Contraloría, el 6 de noviembre de 2019.
Daniel Molineros / API
Autor:
Actualizada:
Compartir:
A la compañía de Seguros La Unión solo le queda la vía judicial para intentar detener el pago que le exige la Contraloría General del Estado por los daños sufridos en su edificio durante las violentas manifestaciones de octubre de 2020.
Esto, una vez que la Superintendencia de Compañías negó el recurso extraordinario de revisión a la resolución del 5 de octubre de 2020, que interpuso Yina Flores, subgerente de Seguros La Unión.
En la resolución de octubre, el superintendente de Compañías, Victor Anchundia, ordenó a Seguros La Unión cumplir con la póliza de seguro todo riesgo de incendio que tenía con la Contraloría.
En agosto, el intendente Nacional de Seguros, Jorge Lince Manrique, dispuso que la aseguradora deberá indemnizar a la Contraloría con más de USD 13 millones por los incendios ocurridos el 7 y 12 de octubre de 2019.
En esas fechas Quito atravesó 11 días de violentas protestas por la eliminación de los subsidios a las gasolinas Extra y Ecopaís y al diésel.
A ese monto se suma el pago del "interés legal calculado desde la fecha de vencimiento del plazo previsto en el inciso del artículo 42 de la Ley General de Seguros, menos las deducciones pactadas en el contrato de seguros”, sostiene la resolución del 5 de octubre.
La vía legal
Si bien la Superintendencia ha ordenado a La Unión a cumplir con la póliza de seguro que tenía con la Contraloría, la aseguradora aún puede impugnar en el ámbito legal.
“La aseguradora podrá demandar la revocatoria o anulación de la resolución que le obligó al pago de la indemnización, en jurisdicción contencioso administrativa, solamente cuando haya honrado la obligación de pago”, sostiene la Ley General de Seguros.
La norma agrega que “en caso de haberse revocado o anulado la resolución, para obtener la restitución de la indemnización pagada, la aseguradora deberá necesariamente también demandar al asegurado o beneficiario que la haya cobrado, quien intervendrá como parte en el juicio”.
Compartir: