Glas exige celda individual, baño propio y un medio de comunicación permanente
Pese a que ya tiene varios privilegios en la cárcel de Latacunga, ahora, con el apoyo de la CIDH, el exvicepresidente Jorge Glas pide más comodidades en su sitio de reclusión.
Foto de archivo. El exvicepresidente Jorge Glas en 2017, durante una entrevista, días antes de dejar su cargo.
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) excedió sus funciones al conceder medidas cautelares para Jorge Glas. Esa es la postura del gobierno ecuatoriano.
Sin embargo, según Cecilia Chacón, titular de la Secretaría de Derechos Humanos, el país cumplirá con los pedidos del organismo internacional.
En una entrevista radial, la funcionaria recordó que meses atrás la CIDH recibió un pedido de medidas cautelares de unos presos de la Cárcel de Turi. Las negó argumentando que el tema excedía sus funciones.
"Ahora lo hace de manera extraña", dijo Chacón, refiriéndose al pedido que la Comisión hizo para proteger los derechos a la vida e integridad de Glas.
Pese a estos reparos, el Gobierno atenderá la solicitud. El próximo lunes, 13 de enero de 2020, se reunirá con los representantes del exvicepresidente para acordar las medidas.
Chacón aclaró que no se analizará una liberación porque Glas cumple una sentencia por asociación ilícita, por su participación en la trama de corrupción de Odebrecht, y no es potestad del Gobierno ni de la CIDH alterar una orden judicial.
Los argumentos de Glas
El exvicepresidente, primero, se quejó de que en la Cárcel de Latacunga se encuentra en una zona transitoria que no está diseñada para albergar a los reos más allá de 30 días.
Los pabellones internos, dice, no tienen la seguridad mínima para su condición de exvicepresidente y esto amenazaría su seguridad y su vida.
En la zona transitoria, siempre según Glas, está recluido en un "calabozo sin agua, luz solar ni eléctrica, instalaciones sanitarias, debiendo orinar en botellas y defecar en el suelo".
Además, el lugar es muy frío lo que afecta a su cuadro médico. El exfuncionario padece las siguientes enfermedades:
- Hipertensión arterial.
- Gastritis.
- Artritis reumatoidea.
- Lumbalgia y dorsalgia.
- Colon irritable.
- Insomnio crónico.
- Ansiedad.
Glas también se quejó porque la Cárcel de Latacunga no dispone de un centro médico especializado y está demasiado lejos de un hospital.
La respuesta ecuatoriana
El gobierno ecuatoriano, ante los requerimientos de la CIDH, explicó que el traslado de Glas desde la Cárcel 4 hacia Latacunga se debió a razones de seguridad.
Además, recordó que, desde el traslado, la justicia ecuatoriana ha tramitado dos recursos: un habeas corpus y una apelación. Y que ambos fueron negados.
Pero, cuando se negó el habeas corpus, el juez de la causa dictó medidas cautelares para evitar posibles violaciones de derechos. De esta manera, según Ecuador, las condiciones de Glas en Latacunga son:
- Espacio amplio.
- Baño personalizado.
- Agua embotellada.
- Ducha de agua caliente.
- Equipo de computación.
- Atención médica continua.
¿Libertad para Glas?
La decisión de la CIDH causó una euforia desmedida entre los simpatizantes de llamada revolución ciudadana, más aún cuando una semana antes habían sido liberados Paola Pabón y Virgilio Hernández tras recibir medidas cautelares.
Pero, los casos son distintos. El proceso por rebelión contra Pabón y Hernández continúa, solo que ahora se defienden en libertad.
Glas, por otro lado, cumple una sentencia de seis años por asociación ilícita por la trama de corrupción de Odebrecht. Es decir, no puede ser liberado sin una decisión judicial.
Fausto Jarrín, abogado de la agrupación política, quien estuvo a cargo del trámite ante la CIDH, aclaró esto y descartó que pidan su liberación.
¿Qué medidas pide?
Las decisiones para precautelar la seguridad de Glas se tomarán el lunes 13. Pero, sus abogados han empezado a plantear algunos escenarios.
Harrison Salcedo, quien lo defiende en el caso "Sobornos 2012-2016", por ejemplo, no descartó solicitar un arresto domiciliario.
Eduardo Loor, quien defendió a Glas en el caso Odebrecht, también recordó que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) menciona como medidas cautelares al arresto domiciliario.
Sin embargo, en la petición formal hecha a la CIDH, no se habla en ningún momento de esta posibilidad.
Expresamente, Glas solicita el traslado a la Cárcel 4 de Quito y algunas comodidades como preso, teniendo en cuenta que estudia una maestría.
"(...) trasladado a la Cárcel No 4 de Quito y se asegure que cuente con una celda individual con baño propio; acceso a medio de comunicación permanente ya que cursa sus estudios por la noche (...)"
Pedido de medidas cautelares
Gabriel Ponce, abogado penalista, explica que un arresto domiciliario en este caso no sería legal, porque esta figura solo es aplicable con fines cautelares, es decir, cuando se inicia un proceso penal para evitar, por ejemplo, una fuga.
En casos de personas con sentencia, dice, la seguridad podría garantizarse con un traslado a otro centro, como la Cárcel 4.
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