La eliminación de movimientos políticos también complica al CNE
El movimiento Centro Democrático, dirigido por Jimmy Jairala (centro), está en la lista de organizaciones que podrían ser eliminadas.
CD
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Contradicciones en la ley y decisiones previas en materia electoral entrampan el trabajo del Consejo Nacional Electoral (CNE). El organismo no llega a acuerdos sobre cómo aplicar la ley para eliminar a las organizaciones políticas que obtuvieron bajísimos resultados en las elecciones de 2017 y 2019.
El Código de la Democracia establece que los partidos deben cumplir uno de estos cuatro requisitos para seguir con vida y presentarse a las siguientes elecciones:
- Obtener el 4% de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales consecutivas a escala nacional.
- Al menos, tres asambleístas.
- Al menos, 8% de las alcaldías (18 alcaldes).
- Al menos, un concejal el 10% de los cantones (21 cantones).
Ocho organizaciones políticas no cumplieron con ninguno de estos requisitos en las dos últimas elecciones. Estas son: Avanza, Sociedad Patriótica, Fuerza.EC, Adelante Ecuatoriano Adelante, Unión Ecuatoriana, Centro Democrático, Concertación y Unidad Popular.
El problema es que la ley habla sólo de los partidos, y no de los movimientos políticos. La Constitución hace una diferencia entre estos dos tipos de organizaciones, que tienen distintas obligaciones y derechos.
Si se aplican las mismas reglas a los movimientos y los partidos, estas ocho organizaciones desaparecerán.
Mientras que si se aplica sólo a los partidos, cuatro movimientos mantendrían su registro y podrían participar en las elecciones de 2021, a pesar de su pésimo desempeño en los comicios anteriores.
Este último escenario significaría también que los movimientos políticos no tienen que cumplir ningún requisito electoral para mantenerse. Es decir, que a pesar de obtener bajísimos porcentajes de votación, los movimientos no podrían ser eliminados.
El antecedente es una resolución del CNE Transitorio, dirigido por Gustavo Vega, e integrado por los actuales vocales Diana Atamaint y José Cabrera. En octubre del 2018, los cinco vocales votaron a favor de la restitución de la personería jurídica del movimiento Ruptura 25.
El análisis que el CNE hace en los considerandos de la resolución señala que debido a la “literalidad” de la Constitución, hay que diferenciar entre movimientos y partidos.
La conclusión a la que llegaron en ese entonces es que los movimientos políticos no tienen que cumplir los cuatro requisitos establecidos en el Código de la Democracia.
Con este antecedente, Unión Ecuatoriana, Centro Democrático, Concertación y Unidad Popular deberían mantenerse para las siguientes elecciones.
Para Luis Verdesoto, consejero del CNE, es necesaria una reforma al reglamento que norma la eliminación de las organizaciones políticas que incluya lo resuelto por el CNE Transitorio.
Sin embargo, según la presidenta del CNE, Diana Atamaint, habría que esperar a que las reformas al Código de la Democracia pasen para hacer este cambio en el reglamento.
La repartición del fondo partidario, aún sin solución
Los problemas en la repartición del fondo partidario se mantienen. El pleno del CNE está a la espera del informe jurídico sobre cómo actuar en el caso de los movimientos que no cumplieron con el 5% de los votos en dos elecciones.
Pachakutik y SUMA serían los movimientos afectados, pues no alcanzan este requisito, aunque sí lo hicieron en elecciones anteriores. En el caso de Pachakutik, incluso hay una sentencia del Tribunal Contencioso Electoral.
“Tenemos que tener cuidado para no afectar los derechos políticos de las organizaciones”, sostuvo Atamaint. Señaló que el tema va a tratarse esta semana.
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La repartición del fondo partidario enreda al Consejo Nacional Electoral
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