Presidente objeta reformas al COIP sobre violencia digital
En el límite del plazo, el presidente Guillermo Lasso envió a la Asamblea Nacional su veto sobre las reformas al COIP sobre violencia digital.
La Asamblea posesionó a los parlamentarios andinos este 19 de mayo de 2021.
AN
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El presidente objetó 19 cambios propuestos por el Legislativo que culminó su gestión en mayo de 2021. Envió textos alternativos para 14 artículos, cuatro disposiciones transitorias y una disposición reformatoria.
El proyecto causó polémica. Exasambleístas y gremios periodísticos alertaron sobre una posible censura disfrazada a las investigaciones periodísticas.
Inicialmente, la reforma planteaba cambios en el delito de violación a la intimidad. Se eliminaba la salvedad de que una persona, que participa de una conversación o un acto, pueda grabar a su interlocutor y luego difundir esta grabación como medio de prueba de un caso de un delito.
La propia Asamblea rectificó y eliminó ese artículo del proyecto antes de enviarlo al Ejecutivo.
Sin embargo, se mantuvo la reforma al artículo sobre revelación o información de secretos de terceros. El COIP actualmente prohíbe la revelación de secretos para quienes los conozcan por razón de su ejercicio profesional.
El proyecto eliminaba esa distinción. El Ejecutivo consideró que esa reforma podría "interrumpir el libre flujo de información que debe existir en una sociedad democrática".
En su veto plantea volver a incluir esa especificación y añadir que no habrá delito en los casos en los que el secreto divulgado sea sobre asuntos de interés público.
Otros cambios
Además de la objeción al artículo sobre la divulgación de secretos, Lasso plantea otros cambios de forma a artículos sobre pornografía infantil y corrupción de menores.
Pero también plantea textos alternativos sobre el fondo de las reformas aprobadas por la Asamblea.
Por ejemplo, el Lasso planteó cambios al artículo 2 del proyecto. Elimina la creación del nuevo delito de acoso laboral, ya que "podría transgredir el principio constitucional de mínima intervención penal".
Mientras que sobre los nuevos delitos de acoso escolar y académico, Lasso considera que los casos más graves de bullying ya están tipificados en el COIP. Por lo que no hace falta nuevos delitos, sino encasillarlos como nuevas contravenciones.
El proyecto, además, planteaba la creación de nuevos tipos penales contra la mujer: violencia económica, violencia simbólica, violencia política, violencia mediática y violencia gineco-obstétrica.
Sin embargo, el Ejecutivo considera que estos cinco tipos de violencia ya están incluidos en la Ley para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, que se aprobó en 2018.
Por esta razón, elimina esos cinco nuevos tipos penales y plantea agregar esos tipos de violencia como agravantes en una infracción penal.
En el caso del acoso sexual, el proyecto planteaba un endurecimiento de penas. Pero, el veto presidencial dijo que endureciendo las penas no ese logra reducir el cometimiento de los delitos y recomendó graduar las condenas en función de lo dispuesto en el resto del COIP.
La Asamblea Nacional tiene 30 días para analizar las observaciones. Los legisladores podrán aceptar los textos propuestos por el Ejecutivo o ratificarse en los que aprobaron inicialmente, de manera total o parcial, con al menos 91 votos.
Luego de cumplirse este trámite, finalmente, la reforma a la ley será publicada en el Registro Oficial y podrá entrar en vigencia.
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