El Ejecutivo plantea reformas a seis leyes para fortalecer la seguridad ciudadana
El presidente Guillermo Lasso presentó en su quinta iniciativa legislativa un proyecto que busca fortalecer la seguridad ciudadana y combatir la violencia.
El secretario jurídico de la Presidencia, Fabián Pozo, junto a la ministra de Gobierno, Alexandra Vela, durante la entrega la de las reformas a la seguridad, el 25 de enero de 2022.
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Alexandra Vela, ministra de Gobierno, fue la encargada de entregar el proyecto en la Asamblea la tarde del martes 25 de enero de 2022. Tal como lo había anunciado previamente, la iniciativa apunta a cinco ejes:
- El uso progresivo de la fuerza policial.
- Cooperación entre Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
- Mecanismos de defensa para uniformados cuando son procesados por actos de servicio.
- Reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) para solucionar vacíos y contradicciones que complican el trabajo de la fuerza pública.
- Cambios legales para mejorar los centros carcelarios.
En la exposición de motivos, el Gobierno señala que el proyecto de ley identifica y repara las falencias más urgentes que existen actualmente en la legislación nacional para poder garantizar la seguridad integral de los habitantes.
Para contextualizar la crisis que vive el país, en el proyecto se puso en evidencia el incremento en la tasa de muertes violentas por cada 100.000 habitantes. En 2021, esa cifra cerró en 14,06 muertes por cada 100.000 habitantes, lo que representa un incremento de 6,23% frente al año precedente.
En cuanto al conjunto del resto de delitos, en cambio, se observa que el número no ha variado significativamente. Por lo que se atribuye la ola de violencia al crimen organizado.
Por estas y otras razones, el Ejecutivo plantea reformas legales a seis leyes para reforzar la seguridad ciudadana:
- Ley de Seguridad Pública y del Estado
- Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Púbico (Coescop)
- Código Orgánico Integral Penal (COIP)
- Ley de Extinción de Dominio
- Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ)
- Ley Orgánica de Servicio Público (Losep)
El proyecto tiene 46 artículos, dos disposiciones generales, dos transitorias y una final.
Algunas de las reformas más importantes
PRIMICIAS le presenta algunas de las reformas planteadas por el Ejecutivo en el proyecto.
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Uso progresivo de la fuerza
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En esta parte del proyecto, el Ejecutivo plantea que el Estado requiere, en situaciones excepcionales, usar legítimamente la fuerza en forma progresiva para garantizar la seguridad.
Las entidades facultadas para usar la fuerza con potencial letal serían;
- Fuerzas Armadas
- Policía Nacional
- Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria
Además, se propone cinco niveles de uso de la fuerza: Presencia policial, verbalización, control físico, uso de técnicas no letales y uso de la fuerza con potencia letal.
Aclara que ante situaciones que pongan en riesgo la vida de terceros o del propio servidor de la fuerza pública, el uniformado podrá iniciar el uso legítimo de la fuerza en el nivel que considere razonable y necesario para neutralizar la amenaza. Eso incluye la fuerza con potencial letal.
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Reformas a la Ley de Seguridad Pública y del Estado
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En este punto, referente a la coordinación entre policías y militares, se plantea el reemplazo de uno de los numerales del artículo 4. Actualmente, se estipula que uno de los principios de la seguridad pública y del Estado es que las entidades públicas tienen la obligación de facilitar coordinadamente los medios humanos, materiales y tecnológicos para el cumplimiento de sus obligaciones. Pero, la reforma añade que “la coordinación de distintas fuerzas públicas o entidades públicas en las mismas operaciones es parte de la respuesta integral del Estado, ante su obligación de garantizar la seguridad ciudadana, sin que pueda entenderse como alteración de la función misional de las entidades”. Además, se propone la creación de un Consejo Nacional de Política Criminal. Esta instancia asesorará al Sistema de Seguridad Pública y del Estado. Tiene como objetivo producir información y presentar conceptos que se integren en un Plan de Política Criminal. Estará conformado por varias entidades como el Ministerio de Gobierno, la Fiscalía, la Corte Nacional, Defensoría del Pueblo, entre otros. También agrega una nueva acepción de soberanía, con lo que se facilitaría la presencia de militares en las calles sin necesidad de decretar un estado de excepción: “La defensa de la soberanía e integridad territorial incluirá acciones para recuperar o mantener la soberanía en aquellas zonas del territorio nacional donde se ha disminuido la capacidad del Estado de ejercer sus atribuciones, lo cual incluye acciones para prevenir y erradicar la actividad de organizaciones criminales trasnacionales en el territorio nacional debidamente coordinadas con las instituciones competentes”.
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Reformas al Coescop
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En esta normativa, primero, se plantea una aclaración de forma. Ahora, cuando una ley se refiera con generalidad a la fuerza pública, se entenderá que se refiere a las Fuerzas Armadas, a la Policía Nacional y al Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria. Y se crea un artículo sobre el patrocinio en investigaciones y procedimientos penales. Es decir, la defensa a los uniformados que son procesados penalmente por actos relativos a su servicio. Se establecen dos modalidades de patrocinio.
- Patrocinio directo: Se asignará abogados de entre aquellos que tenga contratados directamente el Ministerio de Gobierno.
- Patrocinio por contrato: Se suscribirá contratos de prestación de servicios profesionales con la defensa técnica de confianza elegidos directamente por los servidores policiales.
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Reformas al COIP
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En esta norma, el Gobierno plantea varias reformas sobre delitos y penas. Por ejemplo, en las penas por porte y tenencia ilegal de armas se incrementa al rango de uno a tres años. Antes era de seis meses a un año. También se crea un nuevo delito: Actos de terrorismo en centros de privación de libertad, que será sancionado con prisión de 13 a 15 años. Además, se plantean cambios en los requisitos para dictar prisiones preventivas. Ahora, por ejemplo, se plantea que el juez al dictar prisión preventiva deberá sustentar motivadamente que su decisión no contraviene los estándares de legitimidad y no arbitrariedad establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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