Estos son los 44 delitos que juzgarán los nuevos jueces anticorrupción
El Consejo de la Judicatura (CJ) aprobó la creación de una Unidad y un Tribunal para el Juzgamiento de delitos relacionados con Corrupción y Crimen Organizado.
Controles de bioseguridad en el ingreso al edificio del Consejo de la Judicatura en Quito, el 17 de julio de 2020.
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En diciembre de 2020, la Asamblea Nacional aprobó un paquete de reformas al Código Orgánico de la Función Judicial.
Entre los 65 artículos de la ley resalta la creación de unidades distritales, tribunales y salas penales especializadas en corrupción y crimen organizado.
La reforma estableció que la sede de carácter nacional de los jueces de corrupción y crimen organizado estará en Quito. Y un año después, estos nuevos tribunales toman forma.
El 19 de noviembre de 2021, el Consejo de la Judicatura ordenó la creación de la primera Unidad y el primer tribunal de este tipo en la capital.
En la resolución se establece que los jueces de estas dependencias tendrán competencia para conocer casos relacionados con 44 tipos penales. Siete sobre corrupción y 37 sobre crimen organizado:
Además, tendrán competencia en garantías jurisdiccionales, como acciones de protección y hábeas corpus. Así como los procesos de extinción de dominio.
Requisitos previos
Si bien la gama de delitos, sobre todo en los relacionados con crimen organizado, es amplia. La resolución de la Judicatura establece que no todos los casos irán a estas unidades especializadas.
Antes de que los nuevos jueces asuman las causas, se debe calificar la competencia con la concurrencia de uno o más de los siguientes requisitos:
- Que la perpetración de los delitos obedezca a la intervención de una estructura criminal organizada.
- Funcionamiento de la estructura criminal organizada en un parámetro de continuidad y reiteración en el cometimiento de delitos.
- Trascendencia o connotación nacional y/o internacional provocada por el o los delitos presuntamente cometidos por los sujetos activos.
- Grave afectación a las víctimas, siempre que se determine que los procesados pertenezcan a una estructura criminal.
- Concurso real o ideal de infracciones que hayan afectado uno o más de las víctimas, siempre que se determine que los procesados pertenezcan a una estructura criminal.
Los nuevos jueces de la Unidad Judicial estarán a cargo de las etapas de instrucción fiscal y evaluatoria y preparatoria de juicio de estos casos. Pero, también pueden actuar con delitos flagrantes.
Mientras que los magistrados del Tribunal se harán cargo de la etapa de juzgamiento. En los casos de fuero nacional y provincial, en cambio, los casos recaerán en las salas penales de las cortes Nacional y provinciales.
La Judicatura todavía no ha definido cuantos jueces integrarán los nuevos Unidad y Tribunal. Sin embargo, estableció que en un máximo de 30 días, la Dirección de Talento Humano deberá presentar el reglamento para su selección.
Jueces con rostro
Las figuras de jueces especializados en casos de crimen organizado no son nuevas en la región.
Otros países, como Perú y Colombia, han creado unidades de este tipo para juzgar casos de narcotráfico, terrorismo y grupos armados. En esos casos, además, fueron 'jueces sin rostro'.
Es decir, su identidad permaneció oculta para evitar que pudieran ser objeto de atentados o, incluso, de ser tentados a recibir sobornos porque en los casos de delincuencia organizada, se procesa a mafias con mucho poder económico.
Mario Rodríguez, abogado penalista, explica que esta figura no podría ser aplicada en Ecuador, ni en ningún otro país que sea suscriptor de los convenios del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
En 2005, la Corte Interamericana actuó en el caso Wilson García vs. Perú. García fue juzgado en su país por terrorismo, ya que pertenecía al grupo Sendero Luminoso. Fue sentenciado por un juez sin rostro.
Sin embargo, la justicia peruana incurrió en una vulneración a uno de los preceptos del derecho internacional: todo procesado tiene derecho a conocer la identidad de sus juzgadores.
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