La definición de las candidaturas para 2021 aún tomará tiempo
El Pleno del CNE, en sesión del 6 de octubre de 2020.
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Un mes después del inicio del período de inscripción de candidaturas para las elecciones de 2021, el listado de quienes aparecerán en la papeleta electoral sigue siendo incierto.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) están a la espera de los recursos legales y los plazos.
Hasta el 20 de octubre de 2020, 11 de los 17 binomios que se inscribieron en el CNE tenían asegurada su participación, pues ya fueron calificados y están en firme.
El resto están a la espera de recursos que se pueden presentar y en el plazo de subsanación. La situación más compleja es la del binomio de la Unión por la Esperanza, que acoge al correísmo, que ha recibido más impugnaciones que el resto de organizaciones políticas.
Los pasos para la calificación oficial de las candidaturas
El escenario perfecto para una organización política es ser calificados sin ningún problema. La mayoría de binomios tuvo esta facilidad, pues nadie los impugnó ante el CNE ni ante el TCE.
Esto sucedió en los casos de Democracia Sí, Izquierda Democrática, Amigo, Construye (Ruptura 25), Pachakutik, Avanza y la alianza Concertación-Socialista.
Otros tuvieron que completar o cambiar requisitos, como el de Alianza PAIS, pero pasaron sin problemas.
Para estos binomios, el CNE revisó que cada uno de los candidatos cumpla todos los requisitos. Dado que sí cumplían, y que nadie presentó impugnaciones en su contra, fueron calificados y tienen su participación asegurada en 2021.
La situación para los que tuvieron impugnaciones: el caso de Creo (ya calificado) y UNES (aún en proceso). En estos dos casos sí se siguieron todos los pasos previstos en el Código de la Democracia para la inscripción de las candidaturas.
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Revisión de requisitos e impugnación ante el CNE
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El primer paso para la calificación de la candidatura es la revisión de los requisitos por parte del CNE. En este período, las otras organizaciones políticas también pueden presentar impugnaciones cuando consideren que uno de los candidatos no cumplen los requisitos para ser calificados.
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Apelación ante el TCE por impugnaciones
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Sobre la impugnación, sea aceptada o no por el CNE, las organizaciones políticas pueden apelar ante el TCE. Ese organismo tiene 15 días desde su notificación para pronunciarse.
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Recurso subjetivo electoral ante el TCE
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En el caso de que el CNE niegue la inscripción de una candidatura por incumplimiento de los requisitos, la organización política puede interponer un recurso subjetivo electoral en el TCE. Este organismo tiene 15 días para pronunciarse.
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Sentencias, revisadas por el Pleno
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En caso de que las organizaciones políticas no estén de acuerdo con una sentencia emitida por un juez electoral, siempre pueden impugnarla ante el Pleno del TCE.
A esto se le suma que la gran cantidad de candidatos complica el trámite de todos los recursos en el CNE y en el TCE. El TCE nombró a conjueces ocasionales para evitar represamiento de causas.
Dos temas adicionales pendientes
El CNE y el TCE también tienen pendiente la resolución de dos temas: la aceptación de las candidaturas de forma "personalísima" y la eliminación de las cuatro organizaciones políticas observadas por Contraloría.
En el primer punto, el juez Arturo Cabrera emitió una sentencia en la que señalaba que la calificación de manera personal en las oficinas del CNE era "inaplicable". Pero el Pleno del TCE revocó esa sentencia este 19 de octubre de 2020.
Actualmente, la Corte Constitucional tiene el trámite de una consulta de constitucionalidad sobre esa normativa.
La misma Corte tiene también en trámite el conflicto de competencias entre el TCE y la Contraloría, por la eliminación de cuatro organizaciones políticas que no cumplieron los requisitos para ser inscritas como tales.
El CNE, tras un último análisis, resolvió su eliminación del registro electoral. Las organizaciones políticas presentaron recursos subjetivos en el TCE, que aún están pendientes de una resolución en firme.
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