Martes, 02 de julio de 2024

TCE archiva la denuncia por infracción electoral contra el presidente Daniel Noboa

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

29 May 2024 - 7:45

La denuncia contra el presidente Daniel Noboa se refería a una presunta campaña electoral anticipada para la consulta popular del 21 de abril de 2024.

Daniel Noboa

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

29 May 2024 - 7:45

El miércoles 08 de mayo, el presidente, Daniel Noboa, participó de la imposición de condecoraciones a servidores policiales. - Foto: API.

La denuncia contra el presidente Daniel Noboa se refería a una presunta campaña electoral anticipada para la consulta popular del 21 de abril de 2024.

El Tribunal Contencioso Electoral resolvió el 28 de mayo el archivo de una denuncia por supuesta infracción electoral en contra del presidente Daniel Noboa.

La denuncia fue ingresada por el ciudadano Marlon Pasquel, el pasado 22 de mayo. La acusación habla de una presunta campaña electoral anticipada para la consulta popular del 21 de abril de 2024.

Cuando el ciudadano ingresó la denuncia al TCE, la consejera presidencial, Diana Jácome, aseguró, que Pasquel es "pareja sentimental" de una funcionaria de la Vicepresidencia de la República que había sido removida, el mismo 22 de mayo.

¿Por qué se archiva la denuncia?

Tras recibir la denuncia, el juez dispuso que el denunciante aclare y complete su denuncia dentro del plazo de dos días.

En el tiempo establecido, Pasquel da respuesta a la petición del juez. Pero, presentó su escrito sin contar con el patrocinio y firma de un abogado, lo cual también es un "requisito exigido para comparecer ante este órgano jurisdiccional", detalla la sentencia del TCE.

El TCE detalla que, en su escrito inicial, el denunciante sí designó como patrocinador al abogado Víctor Hugo Coffre Morán, pero en su escrito presentado el 26 de mayo, omite contar con la asistencia profesional del abogado.

Eso "contraviene lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento de Trámites del Tribunal Contencioso Electoral", que establece que "todo trámite contencioso electoral, incluida la consulta, requiere obligatoriamente el patrocinio jurídico de un abogado", dice el Contencioso.