¿Qué hace la Corte Internacional de Justicia que juzgará a Ecuador?
Las primeras audiencias, del 30 de abril y 1 de mayo, serán para analizar las medidas cautelares pedidas por México. En el posterior juicio, la Corte Internacional de Justicia podrá emitir una sentencia, si acepta la demanda mexicana.
Audiencia pública de la Corte Internacional de Justicia, del 22 de abril de 2024, en La Haya, Países Bajos.
Corte Internacional de Justicia
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La Corte Internacional de Justicia escuchará este 30 de abril y 1 de mayo los argumentos de México contra Ecuador, en su denuncia por el asalto a la Embajada mexicana en Quito, que desató la crisis diplomática entre ambos países.
En la primera cita, el organismo escuchará los argumentos sobre las medidas cautelares solicitadas por México contra Ecuador:
- Que el Gobierno adopte medidas apropiadas e inmediatas para brindar
plena protección y seguridad de los locales diplomáticos, sus bienes y archivos,
evitando cualquier forma de intrusión en su contra. - Que Ecuador permita al gobierno mexicano despejar locales diplomáticos y las residencias privadas de los agentes diplomáticos.
- Además, que el Gobierno garantice que no se tomen medidas que perjudiquen los derechos de México respecto de cualquier decisión que la Corte pueda tomar.
- Y, finalmente, que el Estado ecuatoriano se abstenga de cualquier acto o conducta que pueda agravar o ampliar la controversia que conoce la Corte.
Y, y al día siguiente, será el turno de la defensa de Ecuador, que podrá estar representado por el embajador en La Haya, Andrés Terán, o un alto funcionario que viaje para las audiencias.
Después, el tribunal se retirará a deliberar sobre la necesidad de las medidas y su decisión se anunciará en un día o hasta cuatro semanas después.
El objetivo de las medidas provisionales es congelar la situación hasta que se dicte la sentencia definitiva de la Corte respecto de la controversia.
Por lo que esa primera decisión no implica que los magistrados entren aún en el contenido mismo de la demanda, algo para lo que todavía no hay fecha de inicio.
¿Qué puede sentenciar la Corte?
La Corte Internacional de Justicia es el principal órgano judicial de la ONU. Tiene su sede en el Palacio de la Paz en la Haya (Países Bajos) y está encargada de decidir las controversias jurídicas entre los Estados miembros.
El tribunal está conformado por 15 jueces, que tienen un periodo de nueve años, y un tercio de ellos cambia cada tres años. En este momento los magistrados provienen de Líbano, Uganda, Eslovaquia, Francia, Somalia, China, India, Japón, Alemania, Australia, Brasil, México, Estados Unidos, Rumania y Sudáfrica.
Los casos llevados ante el tribunal han tratado disputas internacionales relacionadas con derechos económicos, derechos de paso, la proscripción del uso de la fuerza, relaciones diplomáticas, toma de rehenes, derecho de asilo y nacionalidad.
Las decisiones se toman por mayoría de votos de los magistrados. Y, por lo general, se dicta una decisión final entre tres y seis meses después de concluir las audiencias, según la complejidad del asunto o si existen trabajos más urgentes.
Sin embargo, el proceso también puede conllevar varios años, dependiendo de los incidentes del caso. Además, existe la posibilidad de que los Estados en disputa desistan de la demanda o lleguen a un acuerdo durante el proceso, como sucedió con Ecuador y Colombia en 2013.
Ecuador demandó a Colombia en 2008 por los daños que causaban las aspersiones de glifosato en la frontera común. Pero, finalmente, no hubo una sentencia, porque los gobiernos de turno acordaron un pacto sobre el tema.
Una vez emitido el dictamen, los fallos de la Corte Internacional Penal son definitivos y no hay posibilidad de apelación.
En el caso de México y Ecuador, el gobierno mexicano expresó su deseo de que la Corte declare a favor de sus nueve exigencias. Entre ellas, pidió directamente que:
- Se reconozca que Ecuador ha violado sus obligaciones bajo el derecho internacional.
- Ordenar al Ecuador que adopte todas las medidas apropiadas e inmediatas para respetar y proteger los locales de la misión mexicana, así como sus bienes y archivos.
- Ordenar a Ecuador reparar integralmente a México por el daño sufrido.
- Suspender al Ecuador como miembro de la ONU, hasta que no emita una disculpa pública reconociendo las violaciones del derecho internacional, para garantizar la reparación del daño moral infligido a México y a sus nacionales afectados.
Una vez iniciado el procedimiento dentro de la Corte, los magistrados analizará los alegatos de México y si, con la evidencia presentada, le corresponde decidir sobre la demanda y emitirá su sentencia.
En el caso de las reparaciones, en ocasiones previas los magistrados han dictaminado plazos para que las partes lleguen a un acuerdo, caso contrario la decisión vuelve a manos del tribunal.
Y si un país no cumple con las obligaciones dictaminadas, la única vía restante es acudir al Consejo de Seguridad, que puede votar una resolución. De todas formas, se debe tener en cuenta que los miembros permanentes del Consejo tienen derecho a veto.
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